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12 de abr. de 2018

"Nada tan peligroso como una idea amplia en cerebros estrechos"

Posted: 11 Apr 2018 12:24 AM PDT
Llevo desde el 2004 en el mundo de la Justicia Restaurativa, primero y luego en el de la mediación también,  pareciera que hemos avanzado mucho pero sigue existiendo un peligro evidente de que estas instituciones fracasen y el mayor peligro somos nosotros mismos. ¿Por qué digo esto? Porque a pesar de que sabemos que la Justicia Restaurativa funciona en muchos casos y que es posible en cualquier clase de delitos, siempre estamos dudosos, tenemos jueces pro mediación pero que en temas de justicia restaurativa, su visión es demasiado jurídica, sé que es importante que crean en la justicia restaurativa pero también debería ser necesario que cuando deriven un caso a justicia restaurativa, se despojen de sus ideas preconcebidas rígidas y legalistas, esto de que la justicia restaurativa está bien, para delitos leves como método alternativo de solución de conflictos, es algo tan pobre y tan alejado de las verdaderas posibilidades que ofrece la justicia restaurativa, que me da demasiada pena  cuando escucho estas cosas. Pero también nosotros mismos, somos nuestros peores enemigos, esto lo veo frecuentemente en mis clases, cuando hablo a los alumnos de las posibilidades de la justicia restaurativa en delitos graves, es frecuente frases como: no lo veo, pero la víctima va a ser traumatizada, pero es que la víctima no quiere eso....etc...todas estas frases lo que demuestran es que nosotros mismos ponemos límites, ¿acaso si la víctima quiere participar en un proceso restaurativo, es que es incapaz o que no sabe tomar sus propias decisiones?.

 Otra frase típica sería: si a mi me pasara, yo no querría un proceso restaurativo, esto nunca lo podemos saber, hasta que no somos víctimas, hacer conjeturas antes, es hablar por hablar. Nos empeñamos una y otra vez en pensar en las víctimas como seres incapaces, necesitados de protección y tutela y muy vulnerables, tenemos un estereotipo de cómo tiene que ser la víctima que frecuentemente no se parece a la realidad. Es más, si nos encontramos con una víctima que quiere enfrentarse al infractor y usar la justicia restaurativa en muchas ocasiones, he visto como se piensa que no es una "buena víctima". Debemos dejar de pensar por las víctimas y empoderarlas a ellas mismas, porque nadie mejor que ellas para saber qué quieren o necesitan. 

También debemos dejar de pensar en llevar la Justicia Restaurativa al terreno de la Retributiva, porque lo único que haremos es más de lo mismo, llenarla de plazos rígidos y protocolos muy estrictos, precisamente la Justicia Restaurativa, aunque muchos pensamos que no surgió para reemplazar totalmente la actual justicia punitiva, lo que si hace es gestionar el delito de una manera menos rígida, y más adaptada a cada caso concreto y sus circunstancias. Y por supuesto, los mediadores que quieran ser facilitadores restaurativos, deben también despojarse del rol de mediador, porque realmente la justicia restaurativa no es mediación. Una y otra vez lo he repetido en este blog, pero es muy habitual ver congresos, jornadas, y cursos que ofertan hablar de justicia restaurativa y al final se reduce a la mediación. Incluso ahora, personas que afirmaban no saber de Justicia Restaurativa, están empezando campaña para hacernos creer que ellos y solo ellos son los expertos y que los demás, no tenemos ni idea. ¿Paradójico verdad? Pero está sucediendo al menos en España.  Para la Justicia Restaurativa, aunque pueda parecer extraño a algún mediador,no tiene ningún significado las escuelas de mediación, más allá de algunos aspectos comunes, yo diría que con la escuela transformativa, pero esto no es aplicable en los procesos restaurativos, porque aunque por azares de la vida al encuentro restaurativo víctima-infractor se le denominó mediación penal, esta mediación no tiene mucho que ver con la justicia restaurativa.
 Y no es que lo diga yo es que el primero que utilizó la justicia restaurativa antes de llamarla así, Howard Zehr también lo dice, justicia restaurativa no es mediación como en la mediación muchos programas de justicia restaurativa, se diseñan sobre la posibilidad de un encuentro. Sin embargo, los encuentros no son siempre apropiados. Además el enfoque restaurativo es importante incluso cuando el infractor no es conocido o una parte no quiere participar. Por eso, Justicia Restaurativa, es más que encuentros e implica cosas diferentes. Sin duda, debemos empezar a entender que todo es bueno: mediación, mediación penal y justicia restaurativa pero que son cosas diferentes. También sería importante que además de apostar por la justicia restaurativa de palabra, para la foto y para las leyes, éstos buenos deseos se hicieran realidad. Los facilitadores de la Justicia Restaurativa realizan un labor importante para atender a los afectados por el delito y deberían reconocerse su trabajo de forma oficial, porque además ya por fin tenemos una ley que habla de ello : el Estatuto de la víctima, en España , aunque sea confuso en ciertos aspectos porque confunde mediación y justicia restaurativa, al menos tenemos una referencia a la Justicia Restaurativa, en sentido amplio. Esto es lo que ocurre en España, por el momento, no sé si en todos los lugares del mundo es así pero me consta que algunos si, y realmente es una pena porque se puede hacer muchas cosas y llegar a muchas personas, sin embargo, no sé por qué siempre se tiende a limitar delitos, poner plazos etc lo que sin duda pervierte estos beneficios y los reducen a la mínima expresión. 

El post de hoy más crítico de lo normal me lleva a una frase que lo resume a la perfección: "Nada tan peligroso como una idea amplia en cerebros estrechos".

Hipólito Taine (1828-1893) Escritor francés.

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Livros & Informes

  • ACHUTTI, Daniel. Modelos Contemporâneos de Justiça Criminal. Porto Alegre: Livraria do Advogado, 2009.
  • AGUIAR, Carla Zamith Boin. Mediação e Justiça Restaurativa. São Paulo: Quartier Latin, 2009.
  • ALBUQUERQUE, Teresa Lancry de Gouveia de; ROBALO, Souza. Justiça Restaurativa: um caminho para a humanização do direito. Curitiba: Juruá, 2012. 304p.
  • AMSTUTZ, Lorraine Stutzman; MULLET, Judy H. Disciplina restaurativa para escolas: responsabilidade e ambientes de cuidado mútuo. Trad. Tônia Van Acker. São Paulo: Palas Athena, 2012.
  • AZEVEDO, Rodrigo Ghiringhelli de; CARVALHO, Salo de. A Crise do Processo Penal e as Novas Formas de Administração da Justiça Criminal. Porto Alegre: Notadez, 2006.
  • CERVINI, Raul. Os processos de descriminalização. 2. ed. rev. da tradução. São Paulo: Revista dos Tribunais, 2002.
  • FERREIRA, Francisco Amado. Justiça Restaurativa: Natureza. Finalidades e Instrumentos. Coimbra: Coimbra, 2006.
  • GERBER, Daniel; DORNELLES, Marcelo Lemos. Juizados Especiais Criminais Lei n.º 9.099/95: comentários e críticas ao modelo consensual penal. Porto Alegre: Livraria do Advogado, 2006.
  • Justiça Restaurativa. Revista Sub Judice - Justiça e Sociedade, n. 37, Out./Dez. 2006, Editora Almedina.
  • KARAM. Maria Lúcia. Juizados Especiais Criminais: a concretização antecipada do poder de punir. São Paulo: Revista dos Tribunais, 2004.
  • KONZEN, Afonso Armando. Justiça Restaurativa e Ato Infracional: Desvelando Sentidos no Itinerário da Alteridade. Porto Alegre: Livraria do Advogado, 2007.
  • LEITE, André Lamas. A Mediação Penal de Adultos: um novo paradigma de justiça? analise crítica da lei n. 21/2007, de 12 de junho. Coimbra: Editora Coimbra, 2008.
  • MAZZILLI NETO, Ranieri. Os caminhos do Sistema Penal. Rio de Janeiro: Revan, 2007.
  • MOLINA, Antonio García-Pablos de; GOMES, Luiz Fávio. Criminologia. Coord. Rogério Sanches Cunha. 6. ed. rev., atual e ampl. São Paulo: Revista dos Tribunais, 2008.
  • MULLER, Jean Marie. Não-violência na educação. Trad. de Tônia Van Acker. São Paulo: Palas Atenas, 2006.
  • OLIVEIRA, Ana Sofia Schmidt de. A Vítima e o Direito Penal: uma abordagem do movimento vitimológico e de seu impacto no direito penal. São Paulo: Revista dos Tribunais, 1999.
  • PALLAMOLLA, Raffaella da Porciuncula. Justiça restaurativa: da teoria à prática. São Paulo: IBCCRIM, 2009. p. (Monografias, 52).
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  • ZEHR, Howard. Justiça Restaurativa. Tradução de Tônia Van Acker. São Paulo: Palas Athena, 2012.
  • ZEHR, Howard. Trocando as lentes: um novo foco sobre o crime e a justiça. Tradução de Tônia Van Acker. São Paulo: Palas Athena, 2008.