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6 de abr. de 2018

Justicia Restaurativa por Virginia Domingo (05 e 06 de abril de 2018)

Posted: 06 Apr 2018 12:14 AM PDT
Cuando se habla de Justicia Restaurativa, es porque ha habido una serie de daños tras la comisión de un delito, pueden ser más graves o más leves y detrás de estos daños hay personas que sufren, en primer lugar las víctimas directas pero también las indirectas como la comunidad (familiares y allegados) y los propios infractores.Los procesos restaurativos se centran en buscar la verdad emocional, ¿como el delito impactó en sus vidas? y ¿qué necesitarían para empezar su camino hacia la superación? Generalmente estas preguntas son para las que sufrieron el daño directamente pero los infractores también pueden tener una serie de problemas emocionales, que por una serie de circunstancias, les llevaron a cometer el crimen.
Por eso, la Justicia Restaurativa aborda el delito de una manera global, atendiendo al por qué, incidiendo en el daño causado y mirando hacia el futuro. Los procesos de esta forma se dividirían en cuatro partes importantes:

Contar la historia
Sentimientos hacia lo sucedido
Necesidades
Transformación hacia un futuro mejor
Respecto de las necesidades, los facilitadores de la Justicia Restaurativa deben saber abordar el trauma del delito y los sentimientos que acarrean así como las necesidades que generan estos sentimientos:
Como ejemplo, tras el daño se genera miedo y las víctimas suelen demandar; seguridad (que el infractor se comprometa a no volver a hacerlo lo cual será más fácil si se facilita su asunción de responsabilidad, precisamente con esta Justicia)
Puede surgir ira, lo que las hará reclamar justicia, y justicia aunque parezca extraño significa para la mayoría, que haya alguien que se responsabilice del daño sufrido, que digan fui yo, fue mi culpa y soy el responsable. El proceso tradicional de justicia penal, rara vez fomenta esta rendición de cuentas del infractor

También se genera en las víctimas, ansiedad, esto las lleva a reclamar respeto y necesitar recuperar el control de su vida que se vio afectado tras sufrir el delito. El empoderamiento y protagonismo de los procesos restaurativos, las hace sentirse dignas de respeto, son escuchadas y sobre todo pueden volver a retomar el control de su vida.
Estos son algunos ejemplos de cómo la Justicia Restaurativa trata de buscar la verdad emocional y transformar los sentimientos negativos en otros positivos. Tampoco podemos prejuzgar a las víctimas o al delito cometido, es humano pensar un delito leve la víctima seguro que no está afectada pero la realidad es bien diferente e igual que cada persona somos diferente a la otra, también cada víctima es diferente y un delito leve puede traumatizar igual o más que un delito grave en una determinada víctima, la labor del facilitador es saber detectarlo y a partir de ahí, trabajar para que las víctimas y el infractor puedan reconectar de nuevo con la comunidad.
Posted: 05 Apr 2018 12:24 AM PDT
En muchas ocasiones, he hablado del problema grave que supone la equivocación de conceptos en torno a qué es la justicia restaurativa, sus diferencias con la mediación penal y su ámbito de aplicación, pero también existe otro problema derivado de este y es ¿cómo llega el concepto de justicia restaurativa al ciudadano?. Me parece muy arriesgado hablar de la Justicia Restaurativa como un método alternativo de solución de conflictos, porque esto a mi me lleva a entender que solo se va a utilizar estos procesos en delitos muy leves, lo cual supone un "abandono" de las víctimas de delitos más graves, que también pueden necesitar de la Justicia Restaurativa para afrontar el delito, pero es que al ciudadano le llega la idea de que la Justicia Restaurativa sirve para que ningún infractor sea castigado, pensar en métodos alternativos, les hace creer que estamos minimizando el delito y el impacto que ha tenido en las víctimas, y esto es todo lo contrario. Por eso es esencial saber transmitir qué es la Justicia Restaurativa y para que va a servir de lo contrario, tendremos víctimas y muchos ciudadanos que estarán en contra, sin saber que esta institución fomenta una justicia más humana y justa

Claro, esta institución esta destinada a ayudar y atender a las víctimas del delito, a devolverlas su protagonismo y al mismo tiempo a posibilitar la responsabilización del delincuente, pero si los usuarios y beneficiarios de esta justicia no creen en ella, no será posible su aplicación práctica. Por eso, el apoyo social de la justicia restaurativa es esencial y para ello, transmitir qué es y no es esta justicia restaurativa de forma adecuada, es un punto a tener en cuenta y que no debemos olvidar.
Existe una creencia de que la justicia restaurativa solo busca ser "blanda" con los infractores pero esto no es verdad sino todo lo contrario, ya que la justicia restaurativa intenta que el infractor tome una postura activa y constructiva, en lugar de limitarse a esperar el resultado del juicio, le lleva al remordimiento, gracias al grado de intimidad en la conversación que reúne a los afectados por el delito. No hay nada más difícil de hacer que enfrentarse a las consecuencias de sus actos y poner rostro e historia al daño que se ha ocasionado . El infractor deja de pensar en la víctima como un estado que le castiga a través del juez, ( un tercero ajeno al delito, a la víctima y al propio delincuente) y ve con claridad que se trata de un ser humano que ha sufrido el impacto del delito, pero también podrá darse cuenta que la comunidad sufre con el delito y que el delito también le daña a él mismo. Y es que la Justicia restaurativa es un proceso constructivo y preventivo en el que se obtiene un compromiso mucho más auténtico de hacer las cosas necesarias para impedir que otro delito se produzca en el futuro. Todo el proceso es voluntario y no impuesto por el juez, se le da una oportunidad de hacer las cosas bien y en principio, si se trata de un delito muy grave sin esperar de forma automática beneficios penitenciarios y jurídicos con lo que la asunción de responsabilidad por el delito cometido y la voluntad de reparar el daño, se valorará de una forma más sincera por todos: víctima, operadores jurídicos y sociedad en general.

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Livros & Informes

  • ACHUTTI, Daniel. Modelos Contemporâneos de Justiça Criminal. Porto Alegre: Livraria do Advogado, 2009.
  • AGUIAR, Carla Zamith Boin. Mediação e Justiça Restaurativa. São Paulo: Quartier Latin, 2009.
  • ALBUQUERQUE, Teresa Lancry de Gouveia de; ROBALO, Souza. Justiça Restaurativa: um caminho para a humanização do direito. Curitiba: Juruá, 2012. 304p.
  • AMSTUTZ, Lorraine Stutzman; MULLET, Judy H. Disciplina restaurativa para escolas: responsabilidade e ambientes de cuidado mútuo. Trad. Tônia Van Acker. São Paulo: Palas Athena, 2012.
  • AZEVEDO, Rodrigo Ghiringhelli de; CARVALHO, Salo de. A Crise do Processo Penal e as Novas Formas de Administração da Justiça Criminal. Porto Alegre: Notadez, 2006.
  • CERVINI, Raul. Os processos de descriminalização. 2. ed. rev. da tradução. São Paulo: Revista dos Tribunais, 2002.
  • FERREIRA, Francisco Amado. Justiça Restaurativa: Natureza. Finalidades e Instrumentos. Coimbra: Coimbra, 2006.
  • GERBER, Daniel; DORNELLES, Marcelo Lemos. Juizados Especiais Criminais Lei n.º 9.099/95: comentários e críticas ao modelo consensual penal. Porto Alegre: Livraria do Advogado, 2006.
  • Justiça Restaurativa. Revista Sub Judice - Justiça e Sociedade, n. 37, Out./Dez. 2006, Editora Almedina.
  • KARAM. Maria Lúcia. Juizados Especiais Criminais: a concretização antecipada do poder de punir. São Paulo: Revista dos Tribunais, 2004.
  • KONZEN, Afonso Armando. Justiça Restaurativa e Ato Infracional: Desvelando Sentidos no Itinerário da Alteridade. Porto Alegre: Livraria do Advogado, 2007.
  • LEITE, André Lamas. A Mediação Penal de Adultos: um novo paradigma de justiça? analise crítica da lei n. 21/2007, de 12 de junho. Coimbra: Editora Coimbra, 2008.
  • MAZZILLI NETO, Ranieri. Os caminhos do Sistema Penal. Rio de Janeiro: Revan, 2007.
  • MOLINA, Antonio García-Pablos de; GOMES, Luiz Fávio. Criminologia. Coord. Rogério Sanches Cunha. 6. ed. rev., atual e ampl. São Paulo: Revista dos Tribunais, 2008.
  • MULLER, Jean Marie. Não-violência na educação. Trad. de Tônia Van Acker. São Paulo: Palas Atenas, 2006.
  • OLIVEIRA, Ana Sofia Schmidt de. A Vítima e o Direito Penal: uma abordagem do movimento vitimológico e de seu impacto no direito penal. São Paulo: Revista dos Tribunais, 1999.
  • PALLAMOLLA, Raffaella da Porciuncula. Justiça restaurativa: da teoria à prática. São Paulo: IBCCRIM, 2009. p. (Monografias, 52).
  • PRANIS, Kay. Processos Circulares. Tradução de Tônia Van Acker. São Paulo: Palas Athena, 2012.
  • RAMIDOFF, Mario Luiz. Sinase - Sistema Nacional de Atendimento Socioeducativo - Comentários À Lei N. 12.594, de 18 de janeiro de 2012. São Paulo: Saraiva, 2012.
  • ROLIM, Marcos. A Síndrome da Rainha Vermelha: Policiamento e segurança pública no século XXI. Rio de Janeiro: Jorge Zahar Editor. 2006.
  • ROSA, Alexandre Morais da. Introdução Crítica ao Ato Infracional - Princípios e Garantias Constitucionais. Rio de Janeiro: Lumen Juris, 2007.
  • SABADELL, Ana Lúcia. Manual de Sociologia Jurídica: Introdução a uma Leitura Externa do Direito. 4. ed. rev., atual. e ampl. São Paulo: Revista dos Tribunais, 2008.
  • SALIBA, Marcelo Gonçalves. Justiça Restaurativa e Paradigma Punitivo. Curitiba: Juruá, 2009.
  • SANTANA, Selma Pereira de. Justiça Restaurativa: A Reparação como Conseqüência Jurídico-Penal Autônoma do Delito. Rio de Janeiro: Lumen Juris, 2010.
  • SANTOS, Juarez Cirino dos. A Criminologia Radical. 2. ed. Curitiba: Lumen Juris/ICPC, 2006.
  • SCURO NETO, Pedro. Sociologia Geral e Jurídica : introdução à lógica jurídica, instituições do Direito, evolução e controle social. 6. ed. São Paulo: Saraiva, 2009.
  • SHECAIRA, Sérgio Salomão; Sá, Alvino Augusto de (orgs.). Criminologia e os Problemas da Atualidade. São Paulo: Atlas, 2008.
  • SICA, Leonardo. Justiça Restaurativa e Mediação Penal - O Novo Modelo de Justiça Criminal e de Gestão do Crime. Rio de Janeiro: Lumen Juris, 2007.
  • SLAKMON, Catherine; MACHADO, Maíra Rocha; BOTTINI, Pierpaolo Cruz (Orgs.). Novas direções na governança da justiça e da segurança. Brasília-DF: Ministério da Justiça, 2006.
  • SLAKMON, Catherine; VITTO, Renato Campos Pinto De; PINTO, Renato Sócrates Gomes (org.). Justiça Restaurativa: Coletânea de artigos. Brasília: Ministério da Justiça e PNUD, 2005.
  • SÁ, Alvino Augusto de. Criminologia Clínica e Psicologia Criminal. prefácio Carlos Vico Manãs. São Paulo: Revista dos Tribunais, 2007.
  • SÁ, Alvino Augusto de; SHECAIRA, Sérgio Salomão (Orgs.). Criminologia e os Problemas da Atualidade. São Paulo: Atlas, 2008.
  • VASCONCELOS, Carlos Eduardo de. Mediação de conflitos e práticas restaurativas. São Paulo: Método, 2008.
  • VEZZULLA, Juan Carlos. A Mediação de Conflitos com Adolescentes Autores de Ato Infracional. Florianópolis: Habitus, 2006.
  • WUNDERLICH, Alexandre; CARVALHO, Salo (org.). Novos Diálogos sobre os Juizados Especiais Criminais. Rio de Janeiro: Lumen Juris, 2005.
  • WUNDERLICH, Alexandre; CARVALHO, Salo de. Dialogos sobre a Justiça Dialogal: Teses e Antiteses do Processo de Informalização. Rio de Janeiro: Lumen Juris, 2002.
  • ZEHR, Howard. Justiça Restaurativa. Tradução de Tônia Van Acker. São Paulo: Palas Athena, 2012.
  • ZEHR, Howard. Trocando as lentes: um novo foco sobre o crime e a justiça. Tradução de Tônia Van Acker. São Paulo: Palas Athena, 2008.