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18 de out. de 2012

Rescatando lo positivo...


“El ministro de Justicia presentó el 11 de octubre en el Consejo de Ministros un anteproyecto de reforma del código penal. Como avanzó Gallardón hace un mes el nuevo texto incluye prisión permanente revisable para delitos de terrorismo y determinados tipos de asesinato. También incluye un informe sobre el futuro estatuto de víctimas”.
Me gustaría empezar diciendo que si alguien está en contra del endurecimiento de las penas, soy yo. Como defensora de la Justicia Restaurativa creo en atender primero a las víctimas y ocuparnos de ayudarlas a superar el trauma y desde luego, no me parece bueno hacerlas creer con insistencia, generando casi una cierta obsesión en ellas que más castigo, más penas es la solución al dolor de haber sufrido un delito y de por ejemplo, haber perdido un ser querido. Se aferran a este endurecimiento creyendo que una vez conseguido, podrán superar lo vivido, curar heridas y “pasar página” pero la realidad es que en la mayoría de los casos no es así.
Este reclamo de penas más duras patrocinado y favorecido de forma habitual y a mi parecer errónea, por algunos medios de comunicación es generalmente la única formula que encuentran las víctimas para sentir que se está haciendo justicia. Pero  solo se soluciona de forma aparente el problema, porque la realidad demuestra que seguimos teniendo victimas insatisfechas con la justicia. Y es que ¿Cuántos años son suficientes para mitigar el dolor? ¿Con la prisión permanente revisable será suficiente? Estas preguntas no tardaran mucho en resolverse porque por mucho que a un asesino le condenemos a esta prisión permanente, esto puede servir para dejar satisfecho al estado e incluso de forma momentánea a la comunidad, pero las víctimas necesitan superar el trauma, ser atendidas y escuchadas y centrar la atención casi con prioridad en el infractor, en qué castigo merece, en lugar de pensar que qué necesitan las victimas es seguir relegándolas a un segundo plano.
Por tanto, puesto que estoy en contra del endurecimiento de las penas no me gusta excesivamente alguna de las modificaciones contenidas en el anteproyecto del código penal que plantea el Ministerio de justicia, pero dicho esto, “hay que dar al César, lo que es del César” y estoy moderadamente contenta con otras iniciativas que se expusieron por el Ministro y que siendo de gran importancia han pasado desapercibidas o se han puesto en un segundo plano por la prensa. No entiendo por qué siempre nos quedamos con lo malo o lo menos bueno y dejamos al margen lo realmente digno de destacar, incluso plataformas o asociaciones que teóricamente están a favor de la Justicia Restaurativa y de las víctimas han pasado por alto las buenas noticias que se anunciaron por el Sr. Ministro de Justicia.
¿A qué me estoy refiriendo?
Primero, por fin no sólo se han centrado en el infractor y qué penas se merecen por cada delito (presentando el código penal) sino que a la vez, al menos han equiparado a la víctima y sus necesidades y han presentado lo que será un futuro estatuto de las víctimas. Esto ya es un primer paso que trata de devolver a las víctimas su papel protagonista.
Además debería haberse reflejado en todos los medios que España esta vez no va a quedarse “a la cola” en reconocer los derechos de las víctimas y este estatuto será la transposición de la recién aprobada directiva estableciendo las normas mínimas de derechos, apoyo y protección a las victimas de delito de 12 de septiembre de 2012. Por tanto, no es una medida “populista” del Ministerio, sino una exigencia europea que parece que han tomado como una prioridad.
Lo importante es que algo que al menos en mi caso particular vengo reclamando desde el 2004, por fin va a regularse: la Justicia Restaurativa o Reparadora, porque aunque nadie parece haberlo oído, se dijo que en el estatuto se va a reconocer el derecho de las víctimas a acceder a los servicios de justicia reparadora como mediación. Tras años de promesas no cumplidas parece que por fin, los que nos dedicamos a esto vamos a conseguir tener un soporte legal especifico y tal parece que de la mejor manera. ¿Por qué?
1.      Por fin se habla de Justicia Restaurativa y no sólo de mediación, porque reducirlo a mediación sería una equivocación que la directiva también ha sabido corregir, hablando de justicia reparadora en sentido amplio. Mediación es una herramienta pero hay más fórmulas y más instrumentos
2.      Se va a incluir como derecho de las victimas, esto muy importante porque estos servicios están por y para las victimas, sin perjuicio de que puedan también ayudar al infractor a asumir su responsabilidad. Es necesario incluir esta Justicia en una norma sobre víctimas para que puedan ver realmente que es un beneficio para ellas. Así se evita errores pasados como incluir esta justicia reparadora en normas o instrumentos específicos para los infractores, que aunque a los expertos nos es igualmente útil e importante, a las víctimas y la opinión pública les transmite una imagen distorsionada.
Además como primera referencia en la reforma del código penal, hay una alusión a mediación, al condicionar la suspensión de la pena a que se cumplan los acuerdos de mediación. Es una referencia importante aunque no la mejor pero es un primer gran paso. Estos futuros Servicios de Justicia Reparadora además de proporcionar encuentros restaurativos como mediación o conferencias, también van a poder trabajar con las víctimas y/o infractores desde un punto de vista restaurativo,  lo que también genera un efecto sanador en ellas, por eso es positivo que el Ministro hablara de justicia reparadora en sentido amplio, esta es una demanda que venimos haciendo al Ministerio y que parece también han aceptado y valorado de forma positiva.
Dicho lo bueno de la rueda de prensa del otro día y que parece que nadie, ni los que teóricamente también están a favor de esta justicia han valorado, hay que volver a la realidad, con una pregunta muy sería ¿esto se quedará en mera declaración de principios?
Estos servicios de Justicia Reparadora implican una inversión que es muy pequeña en comparación con los beneficios que van a generar, pero al fin y al cabo se trata de dinero, en época de “vacas flacas”. Lógicamente hay servicios de mediación penal y/o justicia reparadora como el que coordino, en algunos lugares de España pero mientras unos están financiados dignamente, otros no lo están tanto. Esperemos que el Ministerio tenga en cuenta esto y apoye a los que estamos trabajando, dando uniformidad a los recursos para que todos estén en las mismas condiciones y así trasladar a la víctima los mismos medios , sino correrían el riesgo de hacer victimas de primera clase y de segunda, porque las que sufran un delito en comunidades con servicios bien financiados tendrán más atención  (aunque por supuesto no más calidad) que las que sean victimas en comunidades donde los servicios están terriblemente mal apoyados económicamente. Y esto sería ir también en contra de la directiva que quieren transponer, porque precisamente propugna la igualdad de todas las víctimas con independencia de donde sufran el delito.
La inversión sería mínima y además de los beneficios, se conseguiría que aumentara la satisfacción del ciudadano para con la Justicia, ésta dejaría de ser “el patito feo” y la más abandonada de todos los servicios que presta el estado. Y por supuesto que nadie piense que se trata de privatizar la justicia o algunos de sus servicios, se trata de mejorar la justicia colaborando con los operadores jurídicos para ofrecer a las víctimas un abanico de posibilidades que las puedan ayudar a superar el trauma, aprender a vivir con el delito y continuar con su vida. En esto radica la grandeza de la Justicia Restaurativa y por eso los que hemos visto su efecto sanador y transformador, estamos de enhorabuena con lo anunciado. Tan solo un “pero”, espero que no se quede en meras palabras y por fin se nos apoye realmente a los que llevamos ya muchos años trabajando en esto y a la vez, se facilite que surjan otros en lugares donde no existen o bien han desaparecido por falta de dinero. ¿Utopía? Ojala que no.

Posted: 17 Oct 2012 . Criminología y Justicia 

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Livros & Informes

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  • AGUIAR, Carla Zamith Boin. Mediação e Justiça Restaurativa. São Paulo: Quartier Latin, 2009.
  • ALBUQUERQUE, Teresa Lancry de Gouveia de; ROBALO, Souza. Justiça Restaurativa: um caminho para a humanização do direito. Curitiba: Juruá, 2012. 304p.
  • AMSTUTZ, Lorraine Stutzman; MULLET, Judy H. Disciplina restaurativa para escolas: responsabilidade e ambientes de cuidado mútuo. Trad. Tônia Van Acker. São Paulo: Palas Athena, 2012.
  • AZEVEDO, Rodrigo Ghiringhelli de; CARVALHO, Salo de. A Crise do Processo Penal e as Novas Formas de Administração da Justiça Criminal. Porto Alegre: Notadez, 2006.
  • CERVINI, Raul. Os processos de descriminalização. 2. ed. rev. da tradução. São Paulo: Revista dos Tribunais, 2002.
  • FERREIRA, Francisco Amado. Justiça Restaurativa: Natureza. Finalidades e Instrumentos. Coimbra: Coimbra, 2006.
  • GERBER, Daniel; DORNELLES, Marcelo Lemos. Juizados Especiais Criminais Lei n.º 9.099/95: comentários e críticas ao modelo consensual penal. Porto Alegre: Livraria do Advogado, 2006.
  • Justiça Restaurativa. Revista Sub Judice - Justiça e Sociedade, n. 37, Out./Dez. 2006, Editora Almedina.
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