En la Justicia Restaurativa, el papel del delincuente pagando es al revés: él debe pagar en la medida de lo posible por el daño a través de la reparación. Se restaura el equilibrio pero no doblando la cantidad de sufrimiento sino quitando un poco este sufrimiento. Hay cierta retribución pero constructiva, la justicia restaurativa se pregunta qué clase de deuda tiene el infractor y qué debe hacer para “pagar esa deuda”.
La idea es que la Justicia Retributiva se centra en el aspecto público del delito, ( como se ha violado una norma establecida por el Estado, éste pone en marcha la maquinaria para castigar al infractor, en un intento de revalorizar la norma) mientras que la Restaurativa busca la sanación de los directamente afectados: las personas, los seres humanos, ( el crimen ha causado daños a las personas, y afecta las relaciones sociales de la comunidad en general, y perturba la paz, por eso el infractor reciba o no el castigo por violar la norma, tiene como primera obligación reparar, mitigar o intentar hacer las cosas necesarias para devolver un poco de bien, a cambio del dolor que causó). Dicho esto, creo que realmente la Justicia Restaurativa es la Justicia que siempre existió pero que perdimos por el devenir de los tiempos, la creación de los estados y la evolución social, por eso no creo que sea tan complicado aceptar los muchos beneficios que ofrece, solo es necesario la cooperación de todos y la eliminación de información que confunde conceptos y crea incertidumbre en las víctimas.
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