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21 de jul. de 2017

La Justicia Restaurativa está en constante evolución

Posted: 21 Jul 2017 12:08 AM PDT
Tras muchos años en la justicia restaurativa de forma teórica y práctica,  he de decir que ha cambiado mi forma de ver o tal vez como dice Howard Zehr, he ido modificando la lente con la que me acerco diariamente a la justicia restaurativa
¿En qué sentido ha cambiado mi forma de ver esta justicia?
En primer lugar, me ha dejado de obsesionar la búsqueda de la evidencia de que esta justicia funciona. Este es un problema que suele presentarse cuando se quiere abrir el “camino” a algo teóricamente nuevo y el caso de la Justicia Restaurativa no es una excepción, sin embargo, si se ha demostrado y hay evidencias de que la Justicia penal tradicional no funciona como debiera y no satisface a los ciudadanos, tenemos que presentar opciones que puedan mejorarla y la justicia restaurativa es esta opción, por eso más que buscar evidencias de su eficacia, habría que darla tiempo, recursos y una buena regulación. De ahí que, aunque los que nos dedicamos a esto, frecuentemente nos vemos agobiados con esta idea, de que hay que demostrar que lo que hacemos es bueno, la realidad es que el día a día va a corroborar la tan “ansiada” evidencia, cuando las personas acudan a la justicia y esta se muestre más cercana y preocupada por cada una de ellas, cuando vean que han dejado de ser un simple número de expediente y sobre todo se den cuenta que su voz es escuchada. 
En segundo lugar, es necesario que no nos quedemos estancados en un concepto de Justicia Restaurativa limitado y estático, como el que tenía cuando empecé y como el que muchos, aún hoy tienen, y se abran a una mentalidad más compleja, lo que implica dejar de pensar en Justicia restaurativa como programas específicos y empezar a verla como lo que es, una filosofía. El verla como simples programas lleva al error muy común y generalizado de creer que la Justicia Restaurativa es mediación penal e incluso algunos llegan a hablar de ambos conceptos como si la mediación fuera lo importante. 

Y esta es la raíz de mi evolución en la forma de ver y entender la Justicia Restaurativa, muy en la línea de lo que dice Lode Walgrave, la Justicia Restaurativa no es un conjunto limitado de acciones o programas sino una opción que puede inspirar los programas e iniciativas y yo añadiría, que también puede inspirar la Justicia Penal para hacerla restaurativa porque como dice el autor, esta justicia es una brújula no un mapa.

Somos muchos los que apostamos por la idea de que la Justicia Restaurativa es un conglomerado de principios, valores y pilares a partir de los cuales se puede construir una justicia penal más humana y centrada en los afectados por el crimen y en la forma de recomponer los lazos quebrados entre los miembros de la comunidad.

Aquí radica la evolución de mi forma de entender la Justicia Restaurativa, lejos de quedarnos obsoletos en los simples encuentros restaurativos, como la mediación penal, creemos que se debe ir un poco más allá e intentar reconstruir una justicia penal con este enfoque restaurativo, que nos permita abordar la dimensión humana, psicológica y moral del delito y no sólo la jurídica. Esta es una forma más amplia y eficaz de entender la Justicia Restaurativa y así la mejor manera de que las personas implicadas en el delito se beneficien de ella. Reducir la Justicia Restaurativa a simples programas como mediación penal, sería tanto como conformarnos con el reintegro cuando nos puede tocar el gordo.

¿Cómo construir una justicia penal restaurativa? Para mí, ambos conceptos no son incompatibles y lejos de entender esta justicia como una alternativa, la veo como un complemento interesante del sistema penal. 

Por eso, partiendo de las afirmaciones y valores y principios de la Justicia Restaurativa es fácil darse cuenta que cualquier actividad dentro de la Justicia penal tradicional que potencie la participación de las víctimas, favorezca la reparación del daño, la asunción de responsabilidad del infractor, escuche a las víctimas y propicie la reintegración de ambos (víctima e infractor) en la sociedad, puede considerarse como una forma de justicia restaurativa o al menos, una manera de construir la justicia penal sobre la base de esta filosofía.

Además como toda filosofía está en constante cambio y lejos de ser algo rígido y tasado (muchos programas restaurativos, como la mediación penal se burocratizan en exceso con protocolos muy estrictos y esto va en contra de la esencia de esta justicia restaurativa), se muestra como un concepto amplio adaptado a cada persona y sus necesidades. Está compuesta por una serie de valores, principios y afirmaciones que convierten esta justicia, como ya he comentado, en una especie de brújula que nos dice qué dirección debemos tomar en cada caso. Estos valores y principios nos indican qué camino tomar, es errónea la idea de crear un programa único con protocolos, tiempos y espacios, rígidos para cada supuesto. Los problemas derivados del delito afectan a las personas, tienen que ver con sus sentimientos y con sus necesidades, no son aspectos matemáticos sino morales, psicológicos y sociales, por eso son los programas concretos de Justicia Restaurativas los que deben adaptarse a las personas y a cada caso y no a la inversa.
Posted: 20 Jul 2017 03:26 PM PDT
Los que me conocéis sabéis que soy muy flexible, en cuanto a la forma de entender la Justicia Restaurativa y su aplicación práctica. Estoy convencida que es un concepto en continua evolución y como tal, las prácticas deben ser innovadoras, eso sí, sin perder la esencia de lo que es Justicia Restaurativa y lo que no es.
Sin embargo, tengo claro que hay que formarse, leer, estar en contacto con la realidad práctica y sobre todo reciclarse, y por eso, me asusta que haya personas que me tachen tanto a mi como algunos colegas de dictadores etc, porque queremos dejar sentadas algunas de   las bases de lo que es la Justicia Restaurativa. ¿Por qué me asusta? Porque son personas que no tienen formación, al menos no en justicia restaurativa, si la tienen en mediación o en otras disciplinas, lo cual,  me parece excelente, pero insisto una vez más Justicia Restaurativa y mediación, no son conceptos equivalentes. Así se dan situaciones paradójicas como el descubrimiento de un manual de las Naciones Unidas, que los que nos dedicamos a la Justicia Restaurativa, hace años que hemos leído incluso cuando no estaba traducido al castellano y tuvimos que hacerlo en ingles. 

Para daros un dato de como está en constante evolución la Justicia Restaurativa, os diré que cada dos años voy a un curso de reciclaje para renovar conocimientos, exacto, hay que renovar conocimientos, pero lo que no puede ser, es que algunos o algunas , piensen que leyendo un libro y sabiendo de otras disciplinas, ya sea mediación, derecho penal...o lo que fuere, uno ya es experto en Justicia Restaurativa. Esto no implica que los demás nos creamos con la verdad absoluta, por supuesto que no, sin embargo, estamos en contacto con la realidad, y con la práctica,  sabemos los beneficios de la Justicia Restaurativa pero también conocemos los perjuicios que se pueden provocan en las personas.
Que alguien que no sabe de Justicia Restaurativa, quiera impartir cursos de Justicia Restaurativa, lo que hace es transmitir conocimientos inadecuados y generar futuros facilitadores, que no tendrán las habilidades necesarias para ayudar a los seres humanos, lo que generará frustración en las personas que acudan a ellos, y conllevará que la opinión pública, cargue contra la Justicia Restaurativa. Este es el problema, y por lo que muchos, nos empeñamos, no en adoctrinar, sino en prevenir y advertir que no todo vale en Justicia Restaurativa. Porque lo que es bueno para las personas, puede convertirse en un arma de doble filo, si no se utiliza bien, lo cual repercutirá negativamente en los que nos dedicamos a ello y en las futuras personas, que necesitan de la Justicia Restaurativa para poder sanar.
Las malas prácticas en justicia restaurativa, generan personas insatisfechas, lo que se traduce en políticos prohibiendo estas prácticas y créanme, si ya de por si es complicado hacer ver las bondades de esta Justicia, se nos pondría cuesta arriba, si empiezan a proliferar malas prácticas en Justicia Restaurativa.

Por eso, recomiendo, que si no se nos quiere escuchar a los que estamos día a día, en contacto con las prácticas restaurativas, al menos escuchen al pionero, al maestro por excelencia, a Howard Zehr, si ya descubrieron algunos libros, será conveniente que descubran a Howard Zehr, o lo redescubran, el maestro es el que nos va a dar las pautas para saber si estamos siendo restaurativos, o hemos perdido la brújula. Si vemos que hemos perdido la brújula o nos ha dejado de funcionar, recomiendo hacer un examen de conciencia y estudiar o renovar nuestras propias ideas sobre qué es  Justicia Restaurativa. Yo en una semana acudiré a mi 5 summer school del Foro Europeo de Justicia Restaurativa ¿Por qué? Porque estoy convencida que para no perder la brújula, de qué es la Justicia Restaurativa, ofrecer buenas prácticas y transmitir correctos conocimientos es esencial estudiar, renovarse y sobre todo saber qué  Justicia Restaurativa, no es la palabra comodín de todo: no es mediación, no es terapia, no es derecho colaborativo, no es neurociencia, no es coaching, ...aunque todas estas figuras pueden ser complementarias a nuestras prácticas y nos pueden servir para nuestra esfera personal, pero no son prácticas restaurativas.

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Livros & Informes

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  • AMSTUTZ, Lorraine Stutzman; MULLET, Judy H. Disciplina restaurativa para escolas: responsabilidade e ambientes de cuidado mútuo. Trad. Tônia Van Acker. São Paulo: Palas Athena, 2012.
  • AZEVEDO, Rodrigo Ghiringhelli de; CARVALHO, Salo de. A Crise do Processo Penal e as Novas Formas de Administração da Justiça Criminal. Porto Alegre: Notadez, 2006.
  • CERVINI, Raul. Os processos de descriminalização. 2. ed. rev. da tradução. São Paulo: Revista dos Tribunais, 2002.
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