En ocasiones me suelen preguntar qué entiendo por Justicia Restaurativa, sin embargo, igual que creo que esta justicia puede significar o ser diferente para cada víctima, yo les digo que para cada caso, cada víctima y cada infractor la justicia restaurativa puede tener un significado distinto, por eso aventurarme a dar una sola definición me resulta difícil, aunque no oculto mi preferencia por la de las Naciones Unidas, porque al referirse a la justicia restaurativa como una respuesta evolucionada al crimen....esto nos deja la puerta abierta para actuar de forma individualizada, de acuerdo con las necesidades de cada víctima y cada infractor.
Lo ideal son encuentros restaurativos víctima-infractor, sin embargo a veces no es posible, o aconsejable o por ejemplo, quizá el infractor no esta identificado o bien la víctima no es una persona concreta...¿entonces no podríamos hablar de justicia restaurativa? Por supuesto, que si puede existir la justicia restaurativa, por eso la definición de esta justicia, como respuesta evolucionada al crimen, permite abordar el delito de una manera global, abierta pero adaptada a cada uno de los casos concretos.
De la misma manera, es frecuente la discusión si Justicia Restaurativa implica perdón, claramente no podemos negar que algunas víctimas encontraran el camino restaurativo en el perdón y así el alivio a su dolor, sin embargo para otras, esto no tendrá ningún sentido, será más la obtención de respuestas al por qué del delito, otras necesitaran sentirse escuchadas y respetadas, mientras que para otras el simple encuentro serán suficiente....Todos somos parte de un todo, pero cada uno de nosotros somos diferentes, por lo que lo ideal para unos, puede no serlo para otros. La Justicia Restaurativa tiene la virtud de mostrar un camino y cada persona puede recorrerlo de una u otra forma.
Justicia Restaurativa por Virginia Domingo
Posted: 24 Jul 2014
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