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19 de set. de 2013

Buscando un final feliz: víctimas recuperadas e infractores reinsertados

Estuvo a punto de morir a martillazos a manos de su expareja. El agresor de Melanie sale de la cárcel. Solo ha cumplido seis años de los dieciséis y va a disfrutar de su segundo permiso. Esta madre de cuatro hijos pide que se refuerce la seguridad”
Esta noticia una vez más, muestra como la Justicia tradicional no satisface las necesidades de las víctimas, unas víctimas que ponen todas sus esperanzas en el juicio y en la condena pero al final se quedan con un “sabor agridulce”. Esto me hace recordar que me gustan los “finales felices”, sí, lo reconozco, me gustan las películas y los libros en los que los “buenos” tienen su recompensa y los “malos” reciben su castigo. Este sentimiento es muy humano y nos hace sentir seguros y tranquilos. Esto, sin duda, es la justicia retributiva y aparentemente nos hace felices, y nos hace incluso equiparar justicia, a castigo.
Sin embargo, a la gente buena, como la mujer de la noticia, le pasan cosas malas, sufren y en ocasiones se convierten en víctimas. Y además, por mucho que intentemos castigar al culpable para satisfacer esta necesidad retributiva, que es casi una obsesión, una vez más la víctima queda relegada y olvidada y vuelve una y otra vez a recordar que fue víctima y que sigue sintiéndose una víctima y no solo del delincuente sino del sistema, en general.
Me explico, el juicio deja un sabor amargo a la víctima, y es que con esta obsesión del sistema de justicia penal porque se cumpla la ley, porque el delincuente reciba su castigo y si es ejemplar, mejor, no nos damos cuenta de qué necesita, qué quiere o qué desea realmente la víctima. Es más todos, los implicados en el proceso penal parecen creer que saben lo que la persona que ha sufrido un delito quiere y qué es lo mejor para ella, y por supuesto esto pasa por un gran castigo al delincuente que en el caso, del que estoy hablando, intentó matar a su mujer. Sin embargo, se olvidan de explicar a la víctima, las normas legales existentes, que respetan ciertos derechos para los presos y que entre otras cosas por ejemplo, les concede permisos penitenciarios.
En este momento, es cuando las víctimas, las personas buenas de las que hablaba, se chocan contra el “muro de la realidad” y se dan cuenta de que no es “oro todo lo que reluce” y que el castigo al “malo” no están literal como lo habían imaginado o se les había dicho.
Además, todos; el sistema penal, medios de comunicación e incluso la sociedad se empeñan en creer que la víctima lo que desea es únicamente ese teórico final feliz, en el que el malo recibe todo el peso de la ley y es castigado lo más severamente posible. Y esto no es del todo cierto, por supuesto que no, aunque al principio los sentimientos, tras sufrir el delito sean negativos y cegados por el deseo de venganza, luego esto se va mitigando y transformando, en muchas ocasiones he oído decir a algunas víctimas: “quiero que sufra igual que he sufrido yo”, ¿acaso  esto significa que reivindican una justicia retributiva, centrada en el castigo?, por mucho que el delincuente sea castigado, el dolor que sintió y siente la víctima no va a cesar de esta manera, aunque no lo creamos, las víctimas con esta afirmación, lo que hacen es reclamar un poco de empatía del delincuente, de la comunidad y del propio sistema penal, claman porque las personas, especialmente el delincuente, puedan ponerse en su lugar, aunque sea por un segundo.
Además hay otro final, más feliz,  al que deberíamos intentar llegar, aquel en que el “malo” se arrepiente, se da cuenta del daño que ha hecho y cambia. Este final es el que más gustaría a las víctimas, porque tendrán la certeza que el delincuente no las va a volver a hacer daño ni a ellas ni a otras personas, y así se sentirán de nuevo seguras, pero además este final sería del agrado de la sociedad en general, porque también verán que hay menos posibilidades de que uno de ellos se conviertan en víctimas y el sistema penal, sabrá  que tiene un “cliente” menos.
En este caso, la mujer no clama por más dureza de las penas, ni esta desencantada porque cree que la condena de su agresor es escasa, lo que está reclamando es más seguridad para ella porque el agresor sale de la cárcel y cree que puede intentar hacerla daño de nuevo. No quiere más dureza para con su agresor, lo que está haciendo, es suplicar ayuda para ella porque sigue sintiéndose víctima y en peligro, a pesar de los años transcurridos.
Por eso, me surge una pregunta ¿Cómo conjugar los derechos y necesidades de las víctimas con un sistema penal centrado más en el infractor y sus derechos, aun cuando haya sido castigado con dureza?
Para mí, la respuesta es complicada y compleja, pero si ayudaría a mitigar estas injusticias, la incorporación de la Justicia Restaurativa, en el proceso penal, incluyendo los encuentros restaurativos víctima-infractor, porque esta Justicia devuelve a las víctimas su valor como personas buenas, como seres humanos que no deberían haber sufrido un delito y que merecen todo el respeto y consideración. Y es una justicia que también trata de ayudar al delincuente a asumir  que sí, causó un daño, y que su obligación es intentar reparar o mitigar este daño, como forma de mostrar que se responsabiliza de sus actos y quiere cambiar.
El sistema falla, y el caso de esta mujer es un ejemplo:
Primero, porque a pesar de los años, que estén o no en prisión tal parece que la  reinserción no está funcionando como debiera. Tras seis años y aunque tiene permiso de salida, no parece que está reinsertado o en proceso de ello, por eso la víctima sigue teniendo miedo. Entonces ¿de qué se trata? ¿de muchos más años?, no creo que más años consigan el “milagro” que no se ha conseguido ya, con cierta cantidad de años, quizá el problema es que los que nos dedicamos a ello, debemos empezar a creer en la reinserción para luego conseguir que esta funcione.
Segundo, la ayuda y protección a las víctimas está también fallando de manera clamorosa, tal parece que tras el juicio se las abandona a su suerte y ya no son dignas de nuestra atención. Mal estamos haciendo si esta mujer todavía no se ha recuperado de su rol de víctima y no se siente segura. Esto significa que la balanza todavía esta desequilibrado por el delito y en favor del agresor, algo que demuestra una vez más, que el sistema no está atendiendo las necesidades de las víctimas.
La solución no es mágica pero quizá podemos empezar poco a poco, destinando más recursos económicos a las víctimas para que cuando surjan problemas, como los permisos o salidas en libertad condicional puedan sentirse seguras y así logremos tener víctimas más fuertes. En época de crisis hablar de recursos económicos, suena a utopía pero se trata de priorizar, quizá en lugar de construir más cárceles, debería destinarse a más apoyo a las víctimas y más recursos para lograr una verdadera reinserción tanto de las víctimas como de los delincuentes.
Entre estos recursos que favorecen tanto la ayuda y protección a las víctimas, como la reconexión del infractor con la comunidad, está la Justicia Restaurativa. Efectivamente, construyendo un sistema penal restaurativo podremos tener una atención más real y humana, cercana a las expectativas y vivencias de las víctimas y a las posibilidades reales de que el delincuente pueda reinsertarse. No todos lograran reinsertarse, pero seguro que lo que si conseguiremos es víctimas más fuertes y sin miedo, y delincuentes con la certeza de que las víctimas no están solas y son apoyadas y respetadas por toda la sociedad.
Es hora de que la normativa internacional y europea tenga su reflejo en las normas internas de cada país para no tener que escuchar más víctimas con miedo y angustiadas.

Criminología y JusticiaPosted: 18 Sep 2013

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Livros & Informes

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  • AGUIAR, Carla Zamith Boin. Mediação e Justiça Restaurativa. São Paulo: Quartier Latin, 2009.
  • ALBUQUERQUE, Teresa Lancry de Gouveia de; ROBALO, Souza. Justiça Restaurativa: um caminho para a humanização do direito. Curitiba: Juruá, 2012. 304p.
  • AMSTUTZ, Lorraine Stutzman; MULLET, Judy H. Disciplina restaurativa para escolas: responsabilidade e ambientes de cuidado mútuo. Trad. Tônia Van Acker. São Paulo: Palas Athena, 2012.
  • AZEVEDO, Rodrigo Ghiringhelli de; CARVALHO, Salo de. A Crise do Processo Penal e as Novas Formas de Administração da Justiça Criminal. Porto Alegre: Notadez, 2006.
  • CERVINI, Raul. Os processos de descriminalização. 2. ed. rev. da tradução. São Paulo: Revista dos Tribunais, 2002.
  • FERREIRA, Francisco Amado. Justiça Restaurativa: Natureza. Finalidades e Instrumentos. Coimbra: Coimbra, 2006.
  • GERBER, Daniel; DORNELLES, Marcelo Lemos. Juizados Especiais Criminais Lei n.º 9.099/95: comentários e críticas ao modelo consensual penal. Porto Alegre: Livraria do Advogado, 2006.
  • Justiça Restaurativa. Revista Sub Judice - Justiça e Sociedade, n. 37, Out./Dez. 2006, Editora Almedina.
  • KARAM. Maria Lúcia. Juizados Especiais Criminais: a concretização antecipada do poder de punir. São Paulo: Revista dos Tribunais, 2004.
  • KONZEN, Afonso Armando. Justiça Restaurativa e Ato Infracional: Desvelando Sentidos no Itinerário da Alteridade. Porto Alegre: Livraria do Advogado, 2007.
  • LEITE, André Lamas. A Mediação Penal de Adultos: um novo paradigma de justiça? analise crítica da lei n. 21/2007, de 12 de junho. Coimbra: Editora Coimbra, 2008.
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