Pesquisar este blog

4 de jun. de 2018

Sobre los medios de comunicación, la justicia y los delitos

Posted: 01 Jun 2018 09:37 PM PDT
Cada vez que un delito serio ocurre, especialmente si es cometido por menores, la prensa automáticamente utiliza la desgracia del suceso como mecanismo para obtener publicidad, los familiares ( víctimas de tal atroz suceso) claman por penas más duras y como si esto fuera lógico acaban el silogismo, haciendo ver que no existe justicia sino se imponen castigos ejemplarizantes... Probablemente esto es porque nos gusta el "morbo" y esta clase de programas que desgranan hasta el ultimo de los siniestros detalles del crimen y de la personalidad del delincuente, venden y generan audiencia. Sin embargo, poco o nada se dice de las víctimas, a no ser que sea algo como que han hundido su vida, no van a poder recuperarse y si lo hacen tardarán años. Supongo que no se pararan a pensar el efecto dañino que estos comentarios puede hacer a una víctima que por casualidad, pueda  estar viendo el programa. ¿Por qué? Porque el desequilibrio que por si produce sufrir un delito, se ve agravado con introducir en la víctima pensamientos en los que  ve que el delincuente ha ganado, porque sigue dominando su vida y lo hará durante mucho tiempo. 

Si se piensa esto, estamos transmitiendo a la víctima que no se va a poder "curar" y que no va poder reinsertarse de nuevo en la sociedad y reconectar con su entorno, parece que las condenamos a vivir aisladas y no poder volver a confiar en el ser humano. Es necesario por esto normas con enfoque restaurativo que ayuden a las víctimas no solo desde los servicios de ayuda a las víctimas sino también desde los servicios restaurativos, para que la balanza se equilibre en su favor y pueda quitarse el estigma de ser víctima. La Justicia Restaurativa humaniza la justicia, pero también debería humanizar a los medios de comunicación y en general a la sociedad para darnos cuenta que la víctima necesita dejar de serlo, y dejar de ser mirada como víctima para ello debemos ofrecerla, todos los recursos posibles y toda la información necesaria para que pueda ella misma (porque mejor que ella nadie sabe lo que necesita) valorar qué necesita, que quiere y en qué la puede servir la justicia restaurativa o algunas de sus herramientas como la mediación penal.

Otro problema es lo que nos venden más penas más castigo más justicia y más curación para las víctimas, esto puede ser así para los que no hemos sido víctimas, por supuesto  que nos sentimos más seguros si pensamos que el infractor va a estar largos años en la cárcel sin embargo esto es algo transitorio porque llegará el momento en que salga y nuestras generaciones futuras volverán a sentir temor ante este infractor que muy probablemente si es por un delito grave no se habrá reinsertado. En este caso es necesario también normas penitenciarias enfocadas a la búsqueda de la humanidad del infractor, de su empatía y sus valores restaurativos que probablemente perdió, olvidó o nunca los aprendió. Y para los que se puedan encontrar con estos valores será necesario buscar alternativas a la prisión que puedan incidir en por qué no empatizan y como evitar que sean un peligro para ellos mismos, su allegados, la víctima y el resto de la sociedad.

Es normal y lógico que en el primer estadio del trauma de sufrir un delito especialmente si es grave las víctimas y allegados reclamen un castigo ejemplar, no obstante, acabado el juicio, nunca un castigo puede suponer un alivio para las víctimas porque el delito sufrido por un inocente no puede ponerse en la balanza con el castigo de alguien que causó un daño de una forma grave y sin pararse a pensar que lo hacia a otro ser humano. El castigo por si solo no es constructivo sino que es más dañino porque lejos de intentar buscar la humanidad perdida en el delincuente, lo que hace es deshumanizar aún más a estas personas, lo que hace que perdamos la posibilidad de reinsertarlos y de tener de nuevo en la sociedad personas buenas y constructivas.  Y es que además realmente la fuerza disuasoria que conlleva el aumento de las penas, no funciona a no ser que la persona se pare a pensar acerca de las probabilidades de ser "pillado", calcule que el riesgo es alto y sabiendo cual puede ser el castigo tenga miedo.

Si alguna de estas condiciones falla y se comete el delito surgirán los problemas:
1º la amenaza que estaba destinada a disuadirlo de cometer el crimen hará que quiera escapar del castigo. Intentará negar los hechos, minimizarlos e incluso estará dispuesto a hacer cualquier cosa por muy "cruento" que esto sea, con tal de "librarse" del castigo.
2º Si la pena consiste en prisión y ésta se lleva a cabo, esto hará que el infractor sea más propenso a repetir conductas delictivas porque la cárcel rompe con sus relaciones personales, le hace más difícil conseguir un trabajo, un hogar...

Frente a esto, pienso que hace falta ayudar a las víctimas a mitigar su dolor, superar su rol de víctimas para que pueda continuar con sus vidas. Se las debe dar "poder" para que puedan tener voz en decidir qué necesitan para reconciliarse consigo mismas y con la comunidad. Por otro lado ¿ no será mejor dar una oportunidad a los infractores para que se den cuenta que realmente su acción ha dañado a una persona? Se les debe ayudar a que asuman su responsabilidad, vean el daño que han ocasionado y comprendan que su obligación moral y social es reparar o al menos aminorar el dolor causado a las víctimas. Todo esto sin perjuicio de que su acción delictiva deba recibir el reproche social correspondiente. Estoy hablando de justicia que restaura, justicia restaurativa que humanice el delito, a la víctima y también trate de hacerlo con el infractor.
Tenemos la obligación de ayudar a las víctimas a "cicatrizar sus heridas" pero también tenemos el deber de intentar que el infractor se conciencie y asuma su culpa, porque de esta forma estaremos ayudando a otras futuras potenciales víctimas de este infractor y todos nos podremos recuperar del delito, porque recobraremos nuestro sentimiento de seguridad que se ve vulnerado cada vez que oímos que un nuevo crimen ha sido cometido.

Nenhum comentário:

“É chegada a hora de inverter o paradigma: mentes que amam e corações que pensam.” Barbara Meyer.

“Se você é neutro em situações de injustiça, você escolhe o lado opressor.” Desmond Tutu.

“Perdoar não é esquecer, isso é Amnésia. Perdoar é se lembrar sem se ferir e sem sofrer. Isso é cura. Por isso é uma decisão, não um sentimento.” Desconhecido.

“Chorar não significa se arrepender, se arrepender é mudar de Atitude.” Desconhecido.

"A educação e o ensino são as mais poderosas armas que podes usar para mudar o mundo ... se podem aprender a odiar, podem ser ensinadas a amar." (N. Mandela).

"As utopias se tornam realidades a partir do momento em que começam a luta por elas." (Maria Lúcia Karam).


“A verdadeira viagem de descobrimento consiste não em procurar novas terras, mas ver com novos olhos”
Marcel Proust


Livros & Informes

  • ACHUTTI, Daniel. Modelos Contemporâneos de Justiça Criminal. Porto Alegre: Livraria do Advogado, 2009.
  • AGUIAR, Carla Zamith Boin. Mediação e Justiça Restaurativa. São Paulo: Quartier Latin, 2009.
  • ALBUQUERQUE, Teresa Lancry de Gouveia de; ROBALO, Souza. Justiça Restaurativa: um caminho para a humanização do direito. Curitiba: Juruá, 2012. 304p.
  • AMSTUTZ, Lorraine Stutzman; MULLET, Judy H. Disciplina restaurativa para escolas: responsabilidade e ambientes de cuidado mútuo. Trad. Tônia Van Acker. São Paulo: Palas Athena, 2012.
  • AZEVEDO, Rodrigo Ghiringhelli de; CARVALHO, Salo de. A Crise do Processo Penal e as Novas Formas de Administração da Justiça Criminal. Porto Alegre: Notadez, 2006.
  • CERVINI, Raul. Os processos de descriminalização. 2. ed. rev. da tradução. São Paulo: Revista dos Tribunais, 2002.
  • FERREIRA, Francisco Amado. Justiça Restaurativa: Natureza. Finalidades e Instrumentos. Coimbra: Coimbra, 2006.
  • GERBER, Daniel; DORNELLES, Marcelo Lemos. Juizados Especiais Criminais Lei n.º 9.099/95: comentários e críticas ao modelo consensual penal. Porto Alegre: Livraria do Advogado, 2006.
  • Justiça Restaurativa. Revista Sub Judice - Justiça e Sociedade, n. 37, Out./Dez. 2006, Editora Almedina.
  • KARAM. Maria Lúcia. Juizados Especiais Criminais: a concretização antecipada do poder de punir. São Paulo: Revista dos Tribunais, 2004.
  • KONZEN, Afonso Armando. Justiça Restaurativa e Ato Infracional: Desvelando Sentidos no Itinerário da Alteridade. Porto Alegre: Livraria do Advogado, 2007.
  • LEITE, André Lamas. A Mediação Penal de Adultos: um novo paradigma de justiça? analise crítica da lei n. 21/2007, de 12 de junho. Coimbra: Editora Coimbra, 2008.
  • MAZZILLI NETO, Ranieri. Os caminhos do Sistema Penal. Rio de Janeiro: Revan, 2007.
  • MOLINA, Antonio García-Pablos de; GOMES, Luiz Fávio. Criminologia. Coord. Rogério Sanches Cunha. 6. ed. rev., atual e ampl. São Paulo: Revista dos Tribunais, 2008.
  • MULLER, Jean Marie. Não-violência na educação. Trad. de Tônia Van Acker. São Paulo: Palas Atenas, 2006.
  • OLIVEIRA, Ana Sofia Schmidt de. A Vítima e o Direito Penal: uma abordagem do movimento vitimológico e de seu impacto no direito penal. São Paulo: Revista dos Tribunais, 1999.
  • PALLAMOLLA, Raffaella da Porciuncula. Justiça restaurativa: da teoria à prática. São Paulo: IBCCRIM, 2009. p. (Monografias, 52).
  • PRANIS, Kay. Processos Circulares. Tradução de Tônia Van Acker. São Paulo: Palas Athena, 2012.
  • RAMIDOFF, Mario Luiz. Sinase - Sistema Nacional de Atendimento Socioeducativo - Comentários À Lei N. 12.594, de 18 de janeiro de 2012. São Paulo: Saraiva, 2012.
  • ROLIM, Marcos. A Síndrome da Rainha Vermelha: Policiamento e segurança pública no século XXI. Rio de Janeiro: Jorge Zahar Editor. 2006.
  • ROSA, Alexandre Morais da. Introdução Crítica ao Ato Infracional - Princípios e Garantias Constitucionais. Rio de Janeiro: Lumen Juris, 2007.
  • SABADELL, Ana Lúcia. Manual de Sociologia Jurídica: Introdução a uma Leitura Externa do Direito. 4. ed. rev., atual. e ampl. São Paulo: Revista dos Tribunais, 2008.
  • SALIBA, Marcelo Gonçalves. Justiça Restaurativa e Paradigma Punitivo. Curitiba: Juruá, 2009.
  • SANTANA, Selma Pereira de. Justiça Restaurativa: A Reparação como Conseqüência Jurídico-Penal Autônoma do Delito. Rio de Janeiro: Lumen Juris, 2010.
  • SANTOS, Juarez Cirino dos. A Criminologia Radical. 2. ed. Curitiba: Lumen Juris/ICPC, 2006.
  • SCURO NETO, Pedro. Sociologia Geral e Jurídica : introdução à lógica jurídica, instituições do Direito, evolução e controle social. 6. ed. São Paulo: Saraiva, 2009.
  • SHECAIRA, Sérgio Salomão; Sá, Alvino Augusto de (orgs.). Criminologia e os Problemas da Atualidade. São Paulo: Atlas, 2008.
  • SICA, Leonardo. Justiça Restaurativa e Mediação Penal - O Novo Modelo de Justiça Criminal e de Gestão do Crime. Rio de Janeiro: Lumen Juris, 2007.
  • SLAKMON, Catherine; MACHADO, Maíra Rocha; BOTTINI, Pierpaolo Cruz (Orgs.). Novas direções na governança da justiça e da segurança. Brasília-DF: Ministério da Justiça, 2006.
  • SLAKMON, Catherine; VITTO, Renato Campos Pinto De; PINTO, Renato Sócrates Gomes (org.). Justiça Restaurativa: Coletânea de artigos. Brasília: Ministério da Justiça e PNUD, 2005.
  • SÁ, Alvino Augusto de. Criminologia Clínica e Psicologia Criminal. prefácio Carlos Vico Manãs. São Paulo: Revista dos Tribunais, 2007.
  • SÁ, Alvino Augusto de; SHECAIRA, Sérgio Salomão (Orgs.). Criminologia e os Problemas da Atualidade. São Paulo: Atlas, 2008.
  • VASCONCELOS, Carlos Eduardo de. Mediação de conflitos e práticas restaurativas. São Paulo: Método, 2008.
  • VEZZULLA, Juan Carlos. A Mediação de Conflitos com Adolescentes Autores de Ato Infracional. Florianópolis: Habitus, 2006.
  • WUNDERLICH, Alexandre; CARVALHO, Salo (org.). Novos Diálogos sobre os Juizados Especiais Criminais. Rio de Janeiro: Lumen Juris, 2005.
  • WUNDERLICH, Alexandre; CARVALHO, Salo de. Dialogos sobre a Justiça Dialogal: Teses e Antiteses do Processo de Informalização. Rio de Janeiro: Lumen Juris, 2002.
  • ZEHR, Howard. Justiça Restaurativa. Tradução de Tônia Van Acker. São Paulo: Palas Athena, 2012.
  • ZEHR, Howard. Trocando as lentes: um novo foco sobre o crime e a justiça. Tradução de Tônia Van Acker. São Paulo: Palas Athena, 2008.