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29 de ago. de 2013

Fortaleciendo las relaciones entre las personas

Respect

El ser humano, igual que la mayoría de los seres vivos, vive en comunidad. Por eso, todos estamos interconectados y lo que hacemos afecta a los demás, igual que lo que los demás hacen, nos “toca” de forma directa o indirecta en nuestra vida. Las relaciones entre los miembros es un elemento fundamental ya que todos nosotros estamos condicionados por estas relaciones, incluso antes de nuestro nacimiento. En la medida en que nuestros padres se han mantenido juntos o se han distanciado, han estado en contacto con otros miembros de la familia  y otras variables, todo esto influye en lo que somos o podemos llegar a ser. La relación con los que nos quieren y /o deberían preocuparse por nosotros, también determina nuestro carácter. Las personas nos basamos en las relaciones y en ocasiones éstas nos pueden afectar también negativamente por el simple hecho de querer ser aceptados o queridos en el grupo. Estas relaciones que podríamos calificar como “dañinas” pueden repercutir en las relaciones con otras personas ajenas a ese grupo, un ejemplo claro de esto podría ser el joven que para ser admitido en el círculo de amigos, comete un delito, dañando así su relación con la víctima, por adquirir una relación con ese grupo concreto. ¿Y qué tiene que ver todo esto con el delito?
Mucho…el delito no es sólo una vulneración de una norma creada por el estado, ni tan siquiera es  sólo una violación de una persona (a la que se la causa un daño), el delito es todo lo anterior, pero también supone una violación de las relaciones entre los miembros de la comunidad. El crimen afecta a la comunidad y desquebraja los lazos existentes entre los miembros. Todo está en conexión, es más, algunos infractores, especialmente jóvenes pueden llegar a delinquir pensando que su relación con el grupo no es buena y que no es aceptado. El hecho delictivo, por eso afecta al infractor que parte de un grupo y el crimen lo alejará de sus allegados y de su entorno, sufriendo el estigma de ser un delincuente. También el delito afecta a la víctima; convertirse y asumir el rol de víctima puede llevarlas a aislarse, no relacionarse con los demás y sentirse incomprendidas. Pero es que el delito también afecta al resto de la comunidad, ya que perderán parte de su sentimiento de seguridad y de confianza en las personas que le rodean, esto como no podía ser de otra forma, influye en su forma de relacionarse, genera miedo y recelos lo que supone una ruptura de los lazos existentes entre los miembros más cercanos de la comunidad donde se cometió el delito. El delito por tanto, afecta a nuestro modo de relacionarnos y repercute en las relaciones de los directamente afectados. Por eso, frente a la Justicia Penal tradicional que castiga el delito como una simple violación de la norma, sin intentar recomponer o “curar” estas relaciones afectadas por el crimen, la Justicia Restaurativa aborda el delito de una manera global, como violación de las leyes pero esencialmente como una violación de las personas a las que causa un daño (víctimas) y como violación de las relaciones de los miembros de la comunidad.
De ahí, que con esta forma de abordar el delito, esta justicia favorezca la reintegración del infractor, de la víctima y el fortalecimiento de los lazos de la sociedad:
Reintegración del delincuente; la Justicia Restaurativa considera que las personas son algo más que lo malo que han hecho en el pasado y si se responsabilizan del daño causado, van a ser ayudados para volver a la comunidad. Se trabajará sobre la importancia de recomponer las relaciones de los infractores que podrían estar rotas o ser dañinas (y ser el origen del delito) o simplemente pudieron quebrarse a raíz de cometer el delito y convertirse en infractores. Esto es un aspecto importante a tener en cuenta en la Justicia Restaurativa en general y en la Juvenil en particular, y es que muchos infractores jóvenes necesitan sentir que su familia (si es posible) y la comunidad o sus allegados los acepta, que se les va a mirar por lo bueno que pueden hacer en el futuro. De esta forma aprenderán a relacionarse con su entorno  de una manera “sana”, guiándose por el respeto mutuo, empatía, comprensión y mutua aceptación. También comprenderán que no todas las relaciones son buenas o nos hacen sentir cómodos y que en la mano de cada uno de nosotros está elegir las relaciones que nos harán ser mejores personas.
Reintegración de la víctima; las personas que sufren un delito, suelen acarrear como una “losa”, el estigma de sentirse señalados como víctimas. Experimentan sentimientos de incomprensión, de no ser respetadas y esto las aísla. Lógicamente, esto afecta a su forma de relacionarse no solo con su entorno más cercano sino también con la sociedad en su conjunto. La Justicia Restaurativa, las escucha, las reconoce como dignas de respeto y consideración y propicia que un delincuente se responsabilice del delito, esto ayuda a la “cicatrización” de sus heridas, lo que influirá positivamente para que vuelvan a relacionarse con los demás de una forma, en ocasiones similar a antes de sufrir el delito y otras veces, de una forma diferente, porque el delito las habrá transformado como personas, pero en todo caso de una manera sana y productiva.
Fortalecimiento de los lazos de la comunidad; tras el delito, la comunidad pierde a dos de sus miembros, lo que directa o indirectamente afecta a los restantes miembros. La forma de relacionarse de muchos de ellos empezará a guiarse por la desconfianza y el miedo, frente a esto, la Justicia Restaurativa fortalece estas relaciones, ya que les devolverá de nuevo a las víctimas y a muchos infractores. Esta Justicia enseña que el conflicto, los problemas como el delito pueden servir para cambiar a mejor, para erradicar las relaciones negativas que perturban la paz social y para potenciar las relaciones sanadoras, las guidadas por el respeto y la comprensión, en definitiva, sirve para fortalecer las relaciones inspiradas en los valores restaurativos.
Esta manera de potenciar las relaciones positivas a buen seguro, supone también una forma de prevenir nuevos delitos, entre los infractores, especialmente los más jóvenes, ya que al ver cómo son aceptados y cómo pueden hacer cosas por sí mismos, que les va a valer el respeto y el reconocimiento de los demás, esto hará que se genere en ellos el punto de inflexión que puede surgir en todos, para querer dejar el camino del delito que le privará de estas relaciones productivas y de respeto y apoyo mutuo.
Está claro que las relaciones importan y determinan o pueden influir en nuestro comportamiento y nuestra forma de ser, obviamente cuando somos más jóvenes o estamos más vulnerables, esto nos afecta de mayor manera.
La Justicia Restaurativa es una filosofía que favorece que nuestra forma de relacionarnos se haga de una manera optimista, constructiva y más humana y sus efectos en el ámbito penal son de igual forma positivos y reinsertadores.
Howard Zehr, por eso, estableció que esta Justicia se basa en tres valores esenciales: respeto, responsabilidad y relación. Más bien opino que la Justicia Restaurativa lo que hace es reforzarlos, partiendo de la idea con la que he empezado, de que lo que uno hace afecta a los demás y viceversa, favorece que el que comete un delito, asuma su responsabilidad y quiera reparar el daño, en respeto y consideración a la persona que ha sufrido el delito, esto lleva a las personas afectadas directamente ( víctima e infractor) y al resto de la sociedad a relacionarse de una forma restauradora inspirada en valores como la empatía, diálogo, respeto, comprensión y humanidad.
Por eso, la Justicia Restaurativa más que programas concretos es una filosofía que en el ámbito penal, crea tras la comisión del delito, un escenario seguro y restaurador donde los afectados puedan encontrar un camino pacífico y más humano basado en el respeto y la responsabilidad por los actos realizados.

Criminología y Justicia . Posted: 28 Aug 2013.

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Livros & Informes

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  • AGUIAR, Carla Zamith Boin. Mediação e Justiça Restaurativa. São Paulo: Quartier Latin, 2009.
  • ALBUQUERQUE, Teresa Lancry de Gouveia de; ROBALO, Souza. Justiça Restaurativa: um caminho para a humanização do direito. Curitiba: Juruá, 2012. 304p.
  • AMSTUTZ, Lorraine Stutzman; MULLET, Judy H. Disciplina restaurativa para escolas: responsabilidade e ambientes de cuidado mútuo. Trad. Tônia Van Acker. São Paulo: Palas Athena, 2012.
  • AZEVEDO, Rodrigo Ghiringhelli de; CARVALHO, Salo de. A Crise do Processo Penal e as Novas Formas de Administração da Justiça Criminal. Porto Alegre: Notadez, 2006.
  • CERVINI, Raul. Os processos de descriminalização. 2. ed. rev. da tradução. São Paulo: Revista dos Tribunais, 2002.
  • FERREIRA, Francisco Amado. Justiça Restaurativa: Natureza. Finalidades e Instrumentos. Coimbra: Coimbra, 2006.
  • GERBER, Daniel; DORNELLES, Marcelo Lemos. Juizados Especiais Criminais Lei n.º 9.099/95: comentários e críticas ao modelo consensual penal. Porto Alegre: Livraria do Advogado, 2006.
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