Pesquisar este blog

13 de mar. de 2020

Culpabilidad y verguenza en las víctimas

Posted: 12 Mar 2020 05:08 PM PDT
VERGUENZA Y CULPABILIDAD EN LAS VÍCTIMAS
Muchas veces se suele analizar los sentimientos de culpabilidad y vergüenza en el infractor y cómo el proceso lógico debe llevarles de la vergüenza a la culpabilidad como paso previo a la responsabilización por el delito cometido. Aunque es cierto que las víctimas pueden y de hecho en ocasiones atraviesan similares procesos, en relación a la culpabilidad y la vergüenza. Y es así, frecuentemente surgen sentimientos iguales y también deben superarlos para empezar su camino hacia la recuperación del trauma del delito.Muchas víctimas tras sufrir el delito experimentan sentimiento de vergüenza y de humillación, esto las hace ponerse en una actitud defensiva, piensan que nadie las comprende, que están solas e incluso pueden llegar a aislarse de la gente que las rodea. Se separan de la comunidad y de su entorno, es en este momento cuando su círculo más cercano también se convierte de alguna manera en víctima, van a sufrir las consecuencias del delito, el impacto que causó el daño de esta acción de una manera, contrariamente a lo que pueda parecer directa, sufrirán con el dolor de su familiar y sentirán impotencia al no saber cómo ayudar en muchas ocasiones a esta persona que sufrió el delito y con los que les une lazos de amistad o familiares. 

LA JUSTICIA RESTAURATIVA AYUDA A LAS VÍCTIMAS EN ESTOS SENTIMIENTOS
La labor de la Justicia Restaurativa y sus herramientas junto con la de otros profesionales, es la de ayudar a la víctima a transformarse y transformar estos sentimientos en otros más productivos, que se sientan respetadas y escuchadas. Es decir ayudarlas a reintegrarse de nuevo en la sociedad, sabiendo que tendrán voz durante todo el proceso, y serán comprendidas. Por eso, he estado hablando de reintegración o más bien reconexión tanto del infractor como de la víctima de nuevo en la sociedad.

Asimismo frecuentemente nacen sentimientos de culpabilidad en muchas víctimas, piensan que quizá ellas tuvieron responsabilidad en haber sufrido el delito , se sienten culpables, por su mente pasan ideas como por ejemplo ¿y si no hubiera pasado por allí? ¿y si le hubiera acompañado?. 

La justicia restaurativa también ayuda con este sentimiento de culpabilidad, favorece que la víctima se perdone a si misma, se dé cuenta que no fue su culpa y  que no tenía que haber sufrido el delito. Favorece que las víctimas puedan despojarse de estos sentimientos negativos, culpabilidad y vergüenza que junto con otros como la ira o la venganza, aun siendo normales en un principio, sino se gestionan y se transforman hacia otros más positivos,  pueden retrasar su recuperación. Es esencial esta transformación de los sentimientos de las víctimas para que puedan llegar a despojarse del rol de víctima, y poder sentirse supervivientes . Aquí es donde juega un papel importante tres valores esenciales de la Justicia Restaurativa: responsabilidad, respeto y relación entre los miembros de la comunidad. 

Las víctimas tienen una serie de necesidades más allá del castigo y estas son  que alguien se responsabilice de lo que ha sufrido, a través de ésta asunción de responsabilidad se va a sentir dignificada y respetada, no tuvo por qué sufrir el delito y por eso, la comunidad, el infractor y el sistema la van a escuchar y apoyar para que pueda recuperarse. Esto hará que la víctima pueda volver a la comunidad, lo que fomentará una sociedad más madura y responsable y sin duda, ayudará a mejorar las relaciones entre sus miembros.

CONCLUSIÓN
 El sueño restaurativo sería que el sistema cambie de preguntas deje de centrarse en quien es el culpable y cual sera el castigo, de forma exclusiva para que le empiece a importar : quién ha sido dañado, cuales son sus necesidades y quién tiene la obligación de satisfacerlas.

11 de mar. de 2020

Es importante entender las necesidades de las personas afectadas por el delito

Posted: 10 Mar 2020 05:03 PM PDT
INTRODUCCIÓN
La justicia restaurativa puede ser parte del proceso de curación de las víctimas, es algo que ayuda a las personas que sufren un trauma tras experimentar el delito en su proceso de sanación. Por eso,  es importante que los facilitadores de Justicia Restaurativa conozcan acerca de la dinámica del trauma. Realmente una de las reacciones de las víctimas frente al trauma son los sentimientos de venganza y una necesidad real de que se haga justicia. La Justicia es importante cuando hablamos de trauma y curación. La línea entre justicia y venganza, es delgada. Cuando nuestro cerebro y cuerpo se ven afectados por el trauma realmente podemos confundir ambas. Como  hemos sido dañados sufrimos un trauma y a veces lo que hacemos es dañar a los demás o nos dañamos a nosotros mismos. ¿Cómo encontrar justicia de forma que no incurramos en una continuación de los ciclos de violencia?. Pues realmente la Justicia Restaurativa ayuda a aliviar los sentimientos negativos y fomentar una puerta abierta al proceso de curación del trauma. ¿Por qué es positiva esta Justicia?

 ¿POR QUÉ AYUDA LA JUSTICIA RESTAURATIVA A SUPERAR EL TRAUMA?  
Por tres puntos esenciales:
Las necesidades de las víctimas a veces no son satisfechas durante el proceso penal, lo que hace que sean revictimizadas y en muchas ocasiones vuelven a ser traumatizadas.Estas necesidades van más allá del castigo, necesitan recuperar el sentimiento de seguridad, respuestas reales a sus dudas no las de la justicia, contar su historia, empoderarse y sentir que son respetadas. Esto se consigue de una manera más eficaz con esta Justicia y los estudios revelan que estos procesos restaurativos reducen el miedo en la víctima, aumenta su satisfacción con la justicia, promueve una mayor comprensión del por qué del delito y disminuye el trauma y el estrés.

Los infractores son castigados durante el proceso penal pero pocas veces asumen el daño, lo que hace que las víctimas se sientan frustradas.
Y además las comunidades quedan fuera de este proceso, lo que genera un sentimiento de que no hay justicia, no se empodera a los realmente afectados

CONCLUSIONES 
Por esto, la Justicia Restaurativa más que  encuentros es una filosofía y tenemos que ser creativos.  La Justicia Restaurativa no siempre es un encuentro entre víctima e infractor por ejemplo hay veces que una víctima puede tener una reunión con un infractor que ha hecho algo similar. Es decir, cuando se habla de Justicia Restaurativa y no de prácticas concretas no es solo por que las prácticas son una mínima parte de lo que se puede hacer con la Justicia Restaurativa, sino también porque teniendo en cuenta los principios y valores de esta Justicia, podemos ser más o menos restaurativos con víctimas, infractores y comunidad, por separado o en conjunto.

9 de mar. de 2020

La justicia restaurativa nos recuerda que todos somos parte de este mundo

Posted: 08 Mar 2020 04:39 PM PDT
INTRODUCCIÓN
Siempre he pensado que el cine es una fuente de cultura y aprecio que sirve para mostrar valores y enseñanzas, que muchas veces de otra forma, no somos capaces de comprender, y así, ha sido cuando he visto la película de dibujos animados: "como entrenar a tu dragón".
Es curioso como lo que nos cuesta ver en la vida real, no es tan difícil de comprender cuando nos metemos en una película, máxime si es de dibujos animados. Está película empieza con la lucha que tienen los habitantes de una aldea contra los dragones, los dragones son malos y según los habitantes de la aldea, hay que matarlos.Pues bien, en el momento en el que el protagonista tiene la oportunidad de matar a un dragón que ha cazado, no puede y lo libera. Desde ese momento, se da cuenta que los dragones, no son tan malvados como ellos pensaban y que podrían convivir sin problemas. Pasan más cosas en la película, pero en lo que toca al tema de justicia restaurativa, es suficiente, agregaré lo que dice el protagonista, cuando le preguntan por qué no pudo matar al dragón. El chico dice que no pudo porque vio que tenía tanto miedo como él, y cuando fue a hacerlo, se vio reflejado en él. Muchas veces he dicho que los procesos restaurativos ayudan a las personas a reconectar con su humanidad perdida u olvidada. 

LAS ETIQUETAS NO AYUDAN A RECONECTAR
Si a una persona que ha cometido un hecho delictivo, la etiquetamos de delincuente, se lo recordamos un día tras otro, la aislamos, y marcamos a "fuego" que es malvado, acabará creyéndoselo y adoptando su papel de ser malvado, sin humanidad, que tiene que hacer daño. En la película, este papel lo adoptaban los dragones que parecían malvados y feroces, sin embargo, bastó solo que el protagonista en un acto de empatía, no lo matara para que el dragón recordara que no tenía por qué matar al humano.
Puede parecer una bobada pero así es, los procesos restaurativos dan una oportunidad a víctima, infractor y a la comunidad, de reencontrarse con esa humanidad que hemos perdido u olvidado. El victimario se da cuenta que ha dañado a otro ser humano, ve y escucha el impacto que su acción ha tenido, en otra persona y esto le hará no querer volver a repetirlo, no por temor al castigo sino porque ha descubierto que no quiere dañar a otro ser humano, además los procesos restaurativos le dan la oportunidad de hacer lo correcto, no lo castigan y aislan, sino que le dicen, que si quiere hacer lo correcto, va a ser mirado por lo bueno que haga desde ese momento en adelante. Les permite quitarse el rol de delincuente y se les trata como seres humanos, esto produce en muchos este punto de inflexión de no querer volver a delinquir. 

LA VÍCTIMA TAMBIÉN SE LIBERA
La víctima descubre que el infractor no es un monstruo sin escrúpulos, se da cuenta que es un ser humano con lo que ello conlleva, pero además los procesos restaurativos también recuerdan a la víctima su humanidad, y la devuelven precisamente la confianza en el ser humano. Pueden hacer cosas malas pero también son capaces de darse cuenta de ello e intentar enmendar o reparar el daño. Esto se pudo ver en la película,  una vez que los humanos de la aldea, se dan cuenta que los dragones no son los monstruos que creían, pudieron recuperar la paz y empezaron a confiar en ellos. Esto es lo bueno de la Justicia Restaurativa, que propicia un fortalecimiento de los lazos sociales, no excluye sino que es integradora, favorece que recordemos la humanidad y los sentimientos que llevamos dentro y que a veces perdemos como la empatía, y dan una oportunidad de hacer lo correcto para poder pasar página, y empezar a redactar una nueva historia, ni mejor, ni peor pero una nueva historia, que a buen seguro habrá generado lazos más "fuertes".

Ojalá todos nos podamos ver reflejados en los demás, igual que dice el protagonista en la película,  esto significará que estamos empezando a ser más restaurativos.

7 de mar. de 2020

"Práticas Restaurativas da Justiça Federal" abre vagas para voluntários

As inscrições vão até o dia 3 de abril e devem ser feitas pessoalmente no Centro Judiciário de Conciliação da Subseção Judiciária de Uberaba


Núcleo de Práticas Restaurativas da Justiça Federal de Uberaba abre 11 vagas para voluntários
Justiça Federal de Uberaba está com inscrições abertas para voluntários interessados em atuar no Núcleo de Práticas Restaurativas (NPR). O projeto considerado piloto no âmbito no Tribunal Regional Federal da 1ª Região é tido como referência a diversas seções e subseções em todo o país.

No total são onze vagas para voluntários, que serão selecionados por meio de entrevista e análise de currículo. As inscrições vão até o dia 3 de abril e devem ser feitas pessoalmente no Centro Judiciário de Conciliação da Subseção Judiciária de Uberaba, situada na avenida Maria Carmelita Castro Cunha, nº 30, bairro Vila Olímpica. O candidato deve portar ficha de inscrição e termo de compromisso de disponibilidade, devidamente preenchidos, que estão no edital.

Em seguida, os selecionados passarão por curso, que acontece entre os dias 20 e 24 de abril. De acordo com edital, os candidatos devem ter disponibilidade mínima de uma vez por semana atuar no Núcleo de Práticas Restaurativas da Justiça Federal de Uberaba.

O NPR de Uberaba conta com equipe técnica multidisciplinar e realiza sessões abrangendo também hipóteses de sursis processual, transação penal, início de execução de penas alternativas, bem como de acordos de não persecução penal. Implementado pelo juiz coordenador do Centro Judiciário de Conciliação, Osmane Antônio dos Santos, com base na resolução do Conselho Nacional de Justiça (CNJ), o NPR conta com o apoio do Ministério Público Federal em Uberaba.

Segundo o magistrado, a Justiça Restaurativa emerge “como uma esperança em meio ao crescimento do clima de insegurança que marca o mundo contemporâneo, diante dos altos índices de violência e criminalidade”. Para ele, há necessidade de aprimoramento do sistema de Justiça, para que a sociedade e o Estado ofereçam não apenas uma resposta monolítica ao crime, “mas disponham de um sistema multiportas, com outras respostas que pareçam adequadas diante da complexidade do fenômeno criminal”. 

La justicia restaurativa proporciona una reparación emocional

Posted: 06 Mar 2020 03:42 PM PST
DAÑOS PSICOLÓGICOS EN LAS VÍCTIMAS
Cuando pensamos en el daño causado a las víctimas, especialmente si lo son de delitos graves, solemos ver los daños materiales, y es que jurídicamente los daños se valoran y se intentan reparar a través de su cuantificación, en dinero. Y por eso, algunos siempre suelen decir pero un delito grave por ejemplo con resultado de muerte no puede repararse, y así piensan que solo sería bueno los procesos restaurativos para delitos muy leves Sin embargo, no se dan cuenta que si en delitos leves es bueno para las víctimas con más razón para las de los graves, además del daño material, y en delitos muy graves la pérdida de un ser querido, hay una serie de daños morales y psicológicos que en ocasiones, como no se pueden tasar quedan sin repararse o al menos sin la debida ayuda para mitigar sus efectos. ¿A qué me estoy refiriendo? Pues cuando se sufre un delito, todo sobre lo que se había construido una vida más o menos feliz se quiebra, la víctima pasa por una crisis acerca de la concepción del mundo. Solemos pensar que si somos buenos, nada malo nos va a pasar, pero al sufrir el delito esto cambia radicalmente, y hace que las víctimas se pregunten ¿por qué a mi? ¿por qué si soy buena me pasan cosas malas? ¿será que el mundo es un lugar peligroso ? ¿ya no me puedo fiar de la gente de mi alrededor?.
 Esta crisis acerca de cómo concebimos el mundo y sobre la desconfianza en nuestros semejantes, es un daño psicológico grande que impide a muchas víctimas dar los primeros pasos hacia su curación. 

LA JUSTICIA RESTAURATIVA SE ENCARGA DE LOS DAÑOS EMOCIONALES
Se hace complicado decir que las víctimas necesitan reintegrarse en la sociedad igual que los infractores, si éstas han dejado de creer en ella, piensan que todo el mundo es peligroso y viven atenazadas por el miedo, a que algo malo vuelva a sucederlas. Es una crisis de confianza que hace que tanto víctimas directas del delito como las indirectas ( la comunidad) necesiten respuestas y sobre todo poner rostro al "infractor" que hay tras el delito, y así recuperar parte del sentimiento de seguridad perdido. Por eso, la justicia restaurativa se presenta como un complemento interesante para la Justicia tradicional así mientras que esta última solo se ocupa y no como objetivo primordial, del daño material, la Restaurativa aborda las consecuencias del delito de una forma global y prestando especial atención, precisamente a estas cicatrices emocionales y psicológicas que el crimen ha causado en las víctimas. Para unas el encuentro con el infractor, servirá para ver que el infractor es una persona y que no todos los seres humanos son potencialmente delincuentes, para otras el poder expresarse, desahogarse será suficiente...pero lo que está claro es que sino se aborda de una forma restauradora estos daños psicológicos, morales y emocionales, las víctimas no podrán dejar de sentirse víctimas y vivirán "encerradas" en un teórico mundo cruel.

Posted: 06 Mar 2020 03:42 PM PST
DAÑOS PSICOLÓGICOS EN LAS VÍCTIMAS
Cuando pensamos en el daño causado a las víctimas, especialmente si lo son de delitos graves, solemos ver los daños materiales, y es que jurídicamente los daños se valoran y se intentan reparar a través de su cuantificación, en dinero. Y por eso, algunos siempre suelen decir pero un delito grave por ejemplo con resultado de muerte no puede repararse, y así piensan que solo sería bueno los procesos restaurativos para delitos muy leves Sin embargo, no se dan cuenta que si en delitos leves es bueno para las víctimas con más razón para las de los graves, además del daño material, y en delitos muy graves la pérdida de un ser querido, hay una serie de daños morales y psicológicos que en ocasiones, como no se pueden tasar quedan sin repararse o al menos sin la debida ayuda para mitigar sus efectos. ¿A qué me estoy refiriendo? Pues cuando se sufre un delito, todo sobre lo que se había construido una vida más o menos feliz se quiebra, la víctima pasa por una crisis acerca de la concepción del mundo. Solemos pensar que si somos buenos, nada malo nos va a pasar, pero al sufrir el delito esto cambia radicalmente, y hace que las víctimas se pregunten ¿por qué a mi? ¿por qué si soy buena me pasan cosas malas? ¿será que el mundo es un lugar peligroso ? ¿ya no me puedo fiar de la gente de mi alrededor?.
 Esta crisis acerca de cómo concebimos el mundo y sobre la desconfianza en nuestros semejantes, es un daño psicológico grande que impide a muchas víctimas dar los primeros pasos hacia su curación. 

LA JUSTICIA RESTAURATIVA SE ENCARGA DE LOS DAÑOS EMOCIONALES
Se hace complicado decir que las víctimas necesitan reintegrarse en la sociedad igual que los infractores, si éstas han dejado de creer en ella, piensan que todo el mundo es peligroso y viven atenazadas por el miedo, a que algo malo vuelva a sucederlas. Es una crisis de confianza que hace que tanto víctimas directas del delito como las indirectas ( la comunidad) necesiten respuestas y sobre todo poner rostro al "infractor" que hay tras el delito, y así recuperar parte del sentimiento de seguridad perdido. Por eso, la justicia restaurativa se presenta como un complemento interesante para la Justicia tradicional así mientras que esta última solo se ocupa y no como objetivo primordial, del daño material, la Restaurativa aborda las consecuencias del delito de una forma global y prestando especial atención, precisamente a estas cicatrices emocionales y psicológicas que el crimen ha causado en las víctimas. Para unas el encuentro con el infractor, servirá para ver que el infractor es una persona y que no todos los seres humanos son potencialmente delincuentes, para otras el poder expresarse, desahogarse será suficiente...pero lo que está claro es que sino se aborda de una forma restauradora estos daños psicológicos, morales y emocionales, las víctimas no podrán dejar de sentirse víctimas y vivirán "encerradas" en un teórico mundo cruel.

Posted: 06 Mar 2020 03:42 PM PST
DAÑOS PSICOLÓGICOS EN LAS VÍCTIMAS
Cuando pensamos en el daño causado a las víctimas, especialmente si lo son de delitos graves, solemos ver los daños materiales, y es que jurídicamente los daños se valoran y se intentan reparar a través de su cuantificación, en dinero. Y por eso, algunos siempre suelen decir pero un delito grave por ejemplo con resultado de muerte no puede repararse, y así piensan que solo sería bueno los procesos restaurativos para delitos muy leves Sin embargo, no se dan cuenta que si en delitos leves es bueno para las víctimas con más razón para las de los graves, además del daño material, y en delitos muy graves la pérdida de un ser querido, hay una serie de daños morales y psicológicos que en ocasiones, como no se pueden tasar quedan sin repararse o al menos sin la debida ayuda para mitigar sus efectos. ¿A qué me estoy refiriendo? Pues cuando se sufre un delito, todo sobre lo que se había construido una vida más o menos feliz se quiebra, la víctima pasa por una crisis acerca de la concepción del mundo. Solemos pensar que si somos buenos, nada malo nos va a pasar, pero al sufrir el delito esto cambia radicalmente, y hace que las víctimas se pregunten ¿por qué a mi? ¿por qué si soy buena me pasan cosas malas? ¿será que el mundo es un lugar peligroso ? ¿ya no me puedo fiar de la gente de mi alrededor?.
 Esta crisis acerca de cómo concebimos el mundo y sobre la desconfianza en nuestros semejantes, es un daño psicológico grande que impide a muchas víctimas dar los primeros pasos hacia su curación. 

LA JUSTICIA RESTAURATIVA SE ENCARGA DE LOS DAÑOS EMOCIONALES
Se hace complicado decir que las víctimas necesitan reintegrarse en la sociedad igual que los infractores, si éstas han dejado de creer en ella, piensan que todo el mundo es peligroso y viven atenazadas por el miedo, a que algo malo vuelva a sucederlas. Es una crisis de confianza que hace que tanto víctimas directas del delito como las indirectas ( la comunidad) necesiten respuestas y sobre todo poner rostro al "infractor" que hay tras el delito, y así recuperar parte del sentimiento de seguridad perdido. Por eso, la justicia restaurativa se presenta como un complemento interesante para la Justicia tradicional así mientras que esta última solo se ocupa y no como objetivo primordial, del daño material, la Restaurativa aborda las consecuencias del delito de una forma global y prestando especial atención, precisamente a estas cicatrices emocionales y psicológicas que el crimen ha causado en las víctimas. Para unas el encuentro con el infractor, servirá para ver que el infractor es una persona y que no todos los seres humanos son potencialmente delincuentes, para otras el poder expresarse, desahogarse será suficiente...pero lo que está claro es que sino se aborda de una forma restauradora estos daños psicológicos, morales y emocionales, las víctimas no podrán dejar de sentirse víctimas y vivirán "encerradas" en un teórico mundo cruel.

Posted: 06 Mar 2020 03:42 PM PST
DAÑOS PSICOLÓGICOS EN LAS VÍCTIMAS
Cuando pensamos en el daño causado a las víctimas, especialmente si lo son de delitos graves, solemos ver los daños materiales, y es que jurídicamente los daños se valoran y se intentan reparar a través de su cuantificación, en dinero. Y por eso, algunos siempre suelen decir pero un delito grave por ejemplo con resultado de muerte no puede repararse, y así piensan que solo sería bueno los procesos restaurativos para delitos muy leves Sin embargo, no se dan cuenta que si en delitos leves es bueno para las víctimas con más razón para las de los graves, además del daño material, y en delitos muy graves la pérdida de un ser querido, hay una serie de daños morales y psicológicos que en ocasiones, como no se pueden tasar quedan sin repararse o al menos sin la debida ayuda para mitigar sus efectos. ¿A qué me estoy refiriendo? Pues cuando se sufre un delito, todo sobre lo que se había construido una vida más o menos feliz se quiebra, la víctima pasa por una crisis acerca de la concepción del mundo. Solemos pensar que si somos buenos, nada malo nos va a pasar, pero al sufrir el delito esto cambia radicalmente, y hace que las víctimas se pregunten ¿por qué a mi? ¿por qué si soy buena me pasan cosas malas? ¿será que el mundo es un lugar peligroso ? ¿ya no me puedo fiar de la gente de mi alrededor?.
 Esta crisis acerca de cómo concebimos el mundo y sobre la desconfianza en nuestros semejantes, es un daño psicológico grande que impide a muchas víctimas dar los primeros pasos hacia su curación. 

LA JUSTICIA RESTAURATIVA SE ENCARGA DE LOS DAÑOS EMOCIONALES
Se hace complicado decir que las víctimas necesitan reintegrarse en la sociedad igual que los infractores, si éstas han dejado de creer en ella, piensan que todo el mundo es peligroso y viven atenazadas por el miedo, a que algo malo vuelva a sucederlas. Es una crisis de confianza que hace que tanto víctimas directas del delito como las indirectas ( la comunidad) necesiten respuestas y sobre todo poner rostro al "infractor" que hay tras el delito, y así recuperar parte del sentimiento de seguridad perdido. Por eso, la justicia restaurativa se presenta como un complemento interesante para la Justicia tradicional así mientras que esta última solo se ocupa y no como objetivo primordial, del daño material, la Restaurativa aborda las consecuencias del delito de una forma global y prestando especial atención, precisamente a estas cicatrices emocionales y psicológicas que el crimen ha causado en las víctimas. Para unas el encuentro con el infractor, servirá para ver que el infractor es una persona y que no todos los seres humanos son potencialmente delincuentes, para otras el poder expresarse, desahogarse será suficiente...pero lo que está claro es que sino se aborda de una forma restauradora estos daños psicológicos, morales y emocionales, las víctimas no podrán dejar de sentirse víctimas y vivirán "encerradas" en un teórico mundo cruel.


“É chegada a hora de inverter o paradigma: mentes que amam e corações que pensam.” Barbara Meyer.

“Se você é neutro em situações de injustiça, você escolhe o lado opressor.” Desmond Tutu.

“Perdoar não é esquecer, isso é Amnésia. Perdoar é se lembrar sem se ferir e sem sofrer. Isso é cura. Por isso é uma decisão, não um sentimento.” Desconhecido.

“Chorar não significa se arrepender, se arrepender é mudar de Atitude.” Desconhecido.

"A educação e o ensino são as mais poderosas armas que podes usar para mudar o mundo ... se podem aprender a odiar, podem ser ensinadas a amar." (N. Mandela).

"As utopias se tornam realidades a partir do momento em que começam a luta por elas." (Maria Lúcia Karam).


“A verdadeira viagem de descobrimento consiste não em procurar novas terras, mas ver com novos olhos”
Marcel Proust


Livros & Informes

  • ACHUTTI, Daniel. Modelos Contemporâneos de Justiça Criminal. Porto Alegre: Livraria do Advogado, 2009.
  • AGUIAR, Carla Zamith Boin. Mediação e Justiça Restaurativa. São Paulo: Quartier Latin, 2009.
  • ALBUQUERQUE, Teresa Lancry de Gouveia de; ROBALO, Souza. Justiça Restaurativa: um caminho para a humanização do direito. Curitiba: Juruá, 2012. 304p.
  • AMSTUTZ, Lorraine Stutzman; MULLET, Judy H. Disciplina restaurativa para escolas: responsabilidade e ambientes de cuidado mútuo. Trad. Tônia Van Acker. São Paulo: Palas Athena, 2012.
  • AZEVEDO, Rodrigo Ghiringhelli de; CARVALHO, Salo de. A Crise do Processo Penal e as Novas Formas de Administração da Justiça Criminal. Porto Alegre: Notadez, 2006.
  • CERVINI, Raul. Os processos de descriminalização. 2. ed. rev. da tradução. São Paulo: Revista dos Tribunais, 2002.
  • FERREIRA, Francisco Amado. Justiça Restaurativa: Natureza. Finalidades e Instrumentos. Coimbra: Coimbra, 2006.
  • GERBER, Daniel; DORNELLES, Marcelo Lemos. Juizados Especiais Criminais Lei n.º 9.099/95: comentários e críticas ao modelo consensual penal. Porto Alegre: Livraria do Advogado, 2006.
  • Justiça Restaurativa. Revista Sub Judice - Justiça e Sociedade, n. 37, Out./Dez. 2006, Editora Almedina.
  • KARAM. Maria Lúcia. Juizados Especiais Criminais: a concretização antecipada do poder de punir. São Paulo: Revista dos Tribunais, 2004.
  • KONZEN, Afonso Armando. Justiça Restaurativa e Ato Infracional: Desvelando Sentidos no Itinerário da Alteridade. Porto Alegre: Livraria do Advogado, 2007.
  • LEITE, André Lamas. A Mediação Penal de Adultos: um novo paradigma de justiça? analise crítica da lei n. 21/2007, de 12 de junho. Coimbra: Editora Coimbra, 2008.
  • MAZZILLI NETO, Ranieri. Os caminhos do Sistema Penal. Rio de Janeiro: Revan, 2007.
  • MOLINA, Antonio García-Pablos de; GOMES, Luiz Fávio. Criminologia. Coord. Rogério Sanches Cunha. 6. ed. rev., atual e ampl. São Paulo: Revista dos Tribunais, 2008.
  • MULLER, Jean Marie. Não-violência na educação. Trad. de Tônia Van Acker. São Paulo: Palas Atenas, 2006.
  • OLIVEIRA, Ana Sofia Schmidt de. A Vítima e o Direito Penal: uma abordagem do movimento vitimológico e de seu impacto no direito penal. São Paulo: Revista dos Tribunais, 1999.
  • PALLAMOLLA, Raffaella da Porciuncula. Justiça restaurativa: da teoria à prática. São Paulo: IBCCRIM, 2009. p. (Monografias, 52).
  • PRANIS, Kay. Processos Circulares. Tradução de Tônia Van Acker. São Paulo: Palas Athena, 2012.
  • RAMIDOFF, Mario Luiz. Sinase - Sistema Nacional de Atendimento Socioeducativo - Comentários À Lei N. 12.594, de 18 de janeiro de 2012. São Paulo: Saraiva, 2012.
  • ROLIM, Marcos. A Síndrome da Rainha Vermelha: Policiamento e segurança pública no século XXI. Rio de Janeiro: Jorge Zahar Editor. 2006.
  • ROSA, Alexandre Morais da. Introdução Crítica ao Ato Infracional - Princípios e Garantias Constitucionais. Rio de Janeiro: Lumen Juris, 2007.
  • SABADELL, Ana Lúcia. Manual de Sociologia Jurídica: Introdução a uma Leitura Externa do Direito. 4. ed. rev., atual. e ampl. São Paulo: Revista dos Tribunais, 2008.
  • SALIBA, Marcelo Gonçalves. Justiça Restaurativa e Paradigma Punitivo. Curitiba: Juruá, 2009.
  • SANTANA, Selma Pereira de. Justiça Restaurativa: A Reparação como Conseqüência Jurídico-Penal Autônoma do Delito. Rio de Janeiro: Lumen Juris, 2010.
  • SANTOS, Juarez Cirino dos. A Criminologia Radical. 2. ed. Curitiba: Lumen Juris/ICPC, 2006.
  • SCURO NETO, Pedro. Sociologia Geral e Jurídica : introdução à lógica jurídica, instituições do Direito, evolução e controle social. 6. ed. São Paulo: Saraiva, 2009.
  • SHECAIRA, Sérgio Salomão; Sá, Alvino Augusto de (orgs.). Criminologia e os Problemas da Atualidade. São Paulo: Atlas, 2008.
  • SICA, Leonardo. Justiça Restaurativa e Mediação Penal - O Novo Modelo de Justiça Criminal e de Gestão do Crime. Rio de Janeiro: Lumen Juris, 2007.
  • SLAKMON, Catherine; MACHADO, Maíra Rocha; BOTTINI, Pierpaolo Cruz (Orgs.). Novas direções na governança da justiça e da segurança. Brasília-DF: Ministério da Justiça, 2006.
  • SLAKMON, Catherine; VITTO, Renato Campos Pinto De; PINTO, Renato Sócrates Gomes (org.). Justiça Restaurativa: Coletânea de artigos. Brasília: Ministério da Justiça e PNUD, 2005.
  • SÁ, Alvino Augusto de. Criminologia Clínica e Psicologia Criminal. prefácio Carlos Vico Manãs. São Paulo: Revista dos Tribunais, 2007.
  • SÁ, Alvino Augusto de; SHECAIRA, Sérgio Salomão (Orgs.). Criminologia e os Problemas da Atualidade. São Paulo: Atlas, 2008.
  • VASCONCELOS, Carlos Eduardo de. Mediação de conflitos e práticas restaurativas. São Paulo: Método, 2008.
  • VEZZULLA, Juan Carlos. A Mediação de Conflitos com Adolescentes Autores de Ato Infracional. Florianópolis: Habitus, 2006.
  • WUNDERLICH, Alexandre; CARVALHO, Salo (org.). Novos Diálogos sobre os Juizados Especiais Criminais. Rio de Janeiro: Lumen Juris, 2005.
  • WUNDERLICH, Alexandre; CARVALHO, Salo de. Dialogos sobre a Justiça Dialogal: Teses e Antiteses do Processo de Informalização. Rio de Janeiro: Lumen Juris, 2002.
  • ZEHR, Howard. Justiça Restaurativa. Tradução de Tônia Van Acker. São Paulo: Palas Athena, 2012.
  • ZEHR, Howard. Trocando as lentes: um novo foco sobre o crime e a justiça. Tradução de Tônia Van Acker. São Paulo: Palas Athena, 2008.