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27 de mar. de 2017

Hablar por hablar no ayuda a la Justicia Restaurativa, nisiquiera a la mediación

Posted: 25 Mar 2017 12:07 AM PDT
Me preocupa el creciente interés de los teóricos por la justicia restaurativa, ¿por qué digo esto?, pues porque son teóricos de libro, de los que no han estado en contacto con la realidad práctica de la justicia restaurativa y sin embargo, parecen ser los protagonistas en esta historia, de cómo implementar la justicia restaurativa en España. Este es el caso de algunos jueces y profesores de Universidad. Y lo peor es que sus declaraciones tienen calada en la sociedad y sin embargo, son declaraciones faltas de conocimiento de lo que realmente es la justicia restaurativa y falta de realidad de lo que se está haciendo y de lo que se puede hacer. Flaco favor nos hacen y es cierto que deberían tener respeto por los que nos dedicamos a ello, parece que con la palabra justicia restaurativa se ha abierto barra libre para que cualquiera, sin saber, pueda opinar. Ejemplos de esto lo vemos todos los días,  desde el que habla de que la justicia restaurativa es eficaz en países con cultura de mediación. O la proposición no de ley, que estuvieron debatiendo políticos en España, para fomentar la mediación, y se mezclaba, mediación y justicia restaurativa, no como si fueran primas hermanas sino como si fueran la misma realidad. Es más, se debate campañas de sensibilización, cuando lo importante sería destinar apoyo económico estable a los servicios de Justicia Restaurativa y para los mediadores. Porque la mejor campaña es que se haga bien, y la gente salga satisfecha. Tampoco se entiende que algunos políticos hablen de la ley de mediación, que excluye en España la penal, pero también hablen de justicia restaurativa, cuando la Justicia Restaurativa se regula en una norma diferente. 
A primera vista, lo que me pregunto primeramente,  es que tendrá que ver Justicia Restaurativa con mediación , sin duda, esto es una dinámica muy común, pensar que se habla de justicia restaurativa pero acabar hablando de mediación, pero lo que sí me parece indignante que muchos den a entender que en España, la justicia restaurativa la ve complicada. 
Obviamente, si piensa que justicia restaurativa es  mediación, puedo llegar a entenderlo pero más allá de esto, se me antoja arriesgado hablar de ello y decir que en culturas como Australia funciona y aquí no hay pruebas de ello. ¿Cómo puede decir que no hay seguridad de que sea eficaz?...¿Acaso ayudar a las víctimas a obtener una reparación adecuada a sus necesidades y hacer que el infractor vea el daño que causó y asuma su responsabilidad, no es eficaz? Por supuesto, que si, pero el problema es que no se sabe qué es justicia restaurativa y se cree que es mediación y que como tal, lo que hacemos es evitar el juicio, y no siempre es así, ni mucho menos. Obviamente si tratamos esta justicia como una simple alternativa, estamos confundiendo al lector y se pondrá en contra por parecer que es una justicia blanda para el infractor, sin embargo, alguien debería comentarle, que la justicia restaurativa puede ser alternativa o complemento al sistema penal, y se puede hacer incluso estando el infractor cumpliendo condena. 

La visión punitiva del ciudadano es cierta pero no solo en España, sino en todos los países del mundo, sin embargo, bien explicada, esta justicia más humana, que no es sino la justicia del sentido común, es aceptada por muchas víctimas. Además no se trata de imponer a todas las víctimas la justicia restaurativa sino de ofrecer esta posibilidad para que las personas puedan decidir si su delito quieren  que sea gestionado de esta forma. No se trata de una alternativa sino de ciertas opciones que el sistema penal debe ofrecer a las personas que sufren un daño, para que puedan decidir. ¿Estudios? Acaso está echando por tierra la labor de los que llevamos años trabajando en ello, o es que es mejor hacer declaraciones polémicas para llamar la atención. Sin duda, no lo sé pero lo peor es que muchas personas se quedan con sus palabras porque teóricamente gozan de prestigio en la sociedad. Hace unos días me preguntaban por buenos cursos de justicia restaurativa en España, y desgraciadamente tengo que decir que no conozco ni un solo curso que hable de justicia restaurativa, la mayoría son de mediación. Para aprender justicia restaurativa es necesario conocer de victimología, dinámica del trauma, procesos restaurativos que no son precisamente de mediación y sobre todo hay que creer que lo que se hace es bueno. Pero es que además es clamoroso, ver cursos en los que solo hablan estos teóricos...qué pueden enseñar a alguien que se quiere dedicar en la práctica pues muy poquito. Sin embargo, mientras sigan contando con el apoyo de todos, seguirán haciendo declaraciones sorprendentes y totalmente alejadas de la realidad. ¿Como no va a funcionar la justicia restaurativa, si es una justicia más humana y más cercana a la realidad de las personas que sufren? Cada vez que explico la justicia restaurativa a una víctima, me da la razón y me dice que es la justicia que desearía obtener, sin embargo, esto se echa por tierra, si luego escuchan cosas como las de este señor. La justicia restaurativa no es una alternativa, no es mediación, no está hecha para aliviar la carga de los juzgados, ni es la panacea para todos los casos. Es una posibilidad incardinada en el proceso penal, que trata de ayudar a las personas que sufren un delito. Todo lo demás es hablar por hablar. Y de todas formas me pregunto si pasa en otros lugares, realmente cuando viajo no veo que sea así sin embargo, es cierto que si nosotros mismos no nos creemos que la justicia restaurativa funciona, mal podemos promocionarla a las demás personas.

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Livros & Informes

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  • AGUIAR, Carla Zamith Boin. Mediação e Justiça Restaurativa. São Paulo: Quartier Latin, 2009.
  • ALBUQUERQUE, Teresa Lancry de Gouveia de; ROBALO, Souza. Justiça Restaurativa: um caminho para a humanização do direito. Curitiba: Juruá, 2012. 304p.
  • AMSTUTZ, Lorraine Stutzman; MULLET, Judy H. Disciplina restaurativa para escolas: responsabilidade e ambientes de cuidado mútuo. Trad. Tônia Van Acker. São Paulo: Palas Athena, 2012.
  • AZEVEDO, Rodrigo Ghiringhelli de; CARVALHO, Salo de. A Crise do Processo Penal e as Novas Formas de Administração da Justiça Criminal. Porto Alegre: Notadez, 2006.
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