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31 de mar. de 2017

Justicia Restaurativa, puerta abierta al futuro

A veces las personas niegan su participación en un delito:
Por temor al castigo
Por la pérdida de confianza en sí mismos, que implica reconocer el daño que se ha cometido
La Justicia Restaurativa ayuda a las personas a ver el impacto que su acción ha tenido en otro ser humano, pero de una forma sanadora y no estigmatizante.
La asunción de responsabilidad comienza cuando se ve y se tiene conocimiento directo del daño que se ha causado.
Por eso, la Justicia Restaurativa es sobre sanación y curación...una puerta abierta al futuro.
Sometimes people deny their role in a harmful act, it can be because of:
The fear of punishment
The loss of self-worth to be associated with such a harmful act.
Restorative Justice helps people to see the impact of their acts and the damage caused.  Accountability begins with acknowledging you have caused harm.
Because of that, Restorative Justice is about healing ....a door open to future.

Posted: 30 Mar 2017

IMM oferece curso de capacitação para a Guarda Municipal


Nesta terça-feira (28), o Instituto Mundo Melhor (IMM) assinou um termo de cooperação com a Secretaria Municipal de Cidadania e Segurança Pública para a capacitação de 250 guardas municipais. O IMM vai liberar o seu Ambiente Virtual de Aprendizagem (AVA) e o Sindicato dos Metalúrgicos cederá sua Sala Virtual Mundo Melhor para a realização dos cursos on-line. O Centro Judiciário de Soluções de Conflitos Cidadania (Cejusc) ficará responsável pelos conteúdos de Justiça Restaurativa com ênfase na abordagem e resolução de conflitos.
O secretário de Cidadania e Segurança Pública, Ary Lovato, comemora e agradece a parceria. “O Instituto Mundo Melhor tem sio um parceiro da Guarda Municipal no sentido de fazermos esse módulo de práticas restaurativas tão importante no atendimento ao público. Nós somos a primeira força de segurança a fazer esse tipo de capacitação”, avalia.
“Para nós é uma satisfação assinar mais esse termo de compromisso e nos orgulhamos de levarmos ferramentas de capacitação para os agentes da Guarda Municipal. Além de darmos continuidade ao trabalho que já desenvolvemos de fomento às políticas públicas, estamos tento a oportunidade de mostrarmos isso para a comunidade de uma forma geral”, afirma o presidente do IMM, Jeroslau Pauliki.
Segundo a coordenadora do Cejusc em Ponta Grossa, Mariana Pisacco Cordeiro, a abordagem realizada pela Justiça Restaurativa propõe que os conflitos sejam resolvidos entre os interessados antes mesmo da judicialização do caso. “Queremos poder passar um pouco da nossa experiência através desse curso para a Guarda Municipal e desjudicializar as questões. Em algumas situações, ao invés lavrar o Boletim de Ocorrência, a GM pode encaminhar o processo para ser resolvido conosco no Cejusc ou direcionado aos órgãos competentes”, comenta Mariana.
De acordo com o Wilson Kaminski, diretor tesoureiro do Sindicato dos Metalúrgicos, essa aproximação é muito importante. “Nós vamos aprender junto com eles, pois cada curso que surge é um aprendizado. Tenho certeza de que os agentes da Guarda Municipal vão utilizar muito esse novo conhecimento dentro e fora da sua vida profissional. Vale muito a pena o Sindicato apoiar e divulgar essa iniciativa”, frisa.
Os guardas municipais devem iniciar a qualificação em abril. Os cursos são desenvolvidos pela empresa Woli e certificados pela Unopar. 

Fonte: A Rede.

30 de mar. de 2017

Justiça Restaurativa cria um novo círculo de paz

Adolescentes em conflito com a lei e a vítima têm a oportunidade de vencer preconceitos e construir convivência saudável

Lajeado - O caso de duas adolescentes que não conseguiam conviver na escola e que chegaram ao ponto de se agredir fisicamente é um dos exemplos positivos de um projeto que está sendo realizado na Comarca de Lajeado, conhecido como Justiça Restaurativa. Após uma série de conflitos, as duas foram encaminhadas ao cumprimento de uma medida socioeducativa (prestação de serviço comunitário), recebendo acompanhamento neste período.

As adolescentes e seus familiares participaram de encontros onde conheceram a Justiça Restaurativa e os círculos de construção de paz. Depois de algumas reuniões, o conflito foi resolvido e a convivência entre as partes tornou-se pacífica.

O exemplo acima vem de um processo que foi acompanhado pela Justiça Restaurativa, um novo enfoque para o tratamento de atos infracionais de adolescentes. Tem caráter de prevenção, é um meio alternativo à justiça comum e que visa restringir as reincidências, seguindo o método da inclusão e ressocialização. O programa é aplicado, principalmente, na Vara da Infância e Juventude, da Comarca de Lajeado, há cerca de um ano.

Conforme o juiz líder do programa, Luis Antonio de Abreu Johnson, o objetivo é que integrantes de equipes, chamados facilitadores, atuem de forma precoce com adolescentes para que eles sejam não só responsabilizados pelo ato irregular que cometeram, mas, também, juntamente com seu grupo familiar e a vítima, possam, em encontros, dialogar e buscar soluções para a vida do jovem fora do crime.

Conforme o juiz, a intenção não é deixar o ofensor impune, até porque ele recebe uma medida socioeducativa e a cumpre com acompanhamento no Centro de Referência Especializado de Assistência Social (Creas). "Mais importante que punir, deve ser o processo de restauração deste jovem, através das vivências que serão explorados nos círculos de construção de paz", comenta.

Os círculos de construção de paz

Nos círculos de construção de paz a intenção é propiciar um espaço de escuta atenta e sensível do adolescente, buscando a restauração dele não só como indivíduo, mas também as suas relações sociais. Neste trabalho, de acordo com Johnson, estão envolvidos 25 facilitadores de toda a rede pública, entre eles, professores, assistentes sociais, psicólogos, agentes de saúde, entre outros membros do Centro de Referência de Assistência Social (Cras) e do Creas. "Durante este ano, a meta é dobrar a equipe, pois temos muita demanda", declara.

Em uma sala especialmente construída para os círculos de construção de paz, as partes envolvidas sentem-se acolhidas, seguras e protegidas, salienta a assistente social judiciária e facilitadora de círculos de paz, Simone Sarate Pozza. Ela salienta que todo processo é embasado em metodologias, técnicas e ações e que as reuniões são momentos de uma escuta especial. "Priorizamos sempre escutar os envolvidos e que os próprios participantes se escutem."

São cerca de duas horas destinadas a cada círculo de construção de paz. "O adolescente, seus familiares e a vítima, conectadas pelo sofrimento de um conflito que ocorreu passarão a ser os protagonistas da ação" ressalta Simone, completando que no momento, todos terão o direito de falar e ouvir. Simone relata que os facilitadores buscam intervir minimamente na reunião, deixando que os outros participantes tenham voz ativa. "É um exercício de empatia, de colocar-se no lugar do outro, vencer preconceitos e experimentar novas visões", conta.

Saiba mais

Como os casos chegam à justiça restaurativa
Ao receber um processo judicial, o juiz avalia se o caso é compatível com a justiça restaurativa e, então, as partes são convidadas a tentar a reconstituição de relações. Os círculos de construção de paz ocorrem por adesão, ou seja, não é uma determinação judicial. Desta forma, tanto o adolescente e sua família, como a vítima, deve desejar participar do processo.

Círculos de construção de paz em outros segmentos

A equipe de facilitadores atende, além dos casos da Vara da Infância e Juventude, também em outros segmentos. Os facilitadores do Cras mediam reuniões com os futuros moradores dos Condomínios Novo Tempo I e II, do Bairro Santo Antônio, além de encontros na Sociedade Lajeadense de Auxílio aos Necessitados (Slan). O Creas, além de acompanhar a medida socioeducativa que o adolescente cumprirá, trabalha em casa de acolhimento de crianças e adolescentes, como a Associação da Assistência a Infância e Adolescência (Saidan) e o abrigo para crianças Trezentos de Gideon. Há ainda a presença de facilitadores no Centro Terapêutico São Francisco, em escolas municipais e escolas estaduais, que são atendidas pela 3ª Coordenadoria Regional de Educação (CRE).

Em breve, o programa dos círculos de construção de paz será inserido no Presídio Feminino de Lajeado.

Crédito da notícia: Thaís Presser
Última atualização: 19 de janeiro de 2017 às 08h20min

Leia mais no O Informativo do Vale: http://www.informativo.com.br/site/noticia/visualizar/id/86535/?Justica-Restaurativa-cria-um-novo-circulo-de-paz.html#ixzz4cojOQZFq 
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Justicia Juvenil con enfoque restaurativo

Posted: 29 Mar 2017 11:51 PM PDT
La justicia juvenil con enfoque restaurativo sería la Justicia penal juvenil existente pero impregnada de la filosofía y los valores de la justicia restaurativa, especialmente la de la responsabilización del joven infractor y generación en ellos de la empatía suficiente para querer cambiar, intentando que el internamiento sea lo último a lo que acudir, dando preferencia a medidas siempre educativas que fomenten su asunción de responsabilidad, que aborden problemas que le pudieron llevar a delinquir y que le proporcionan la seguridad y la confianza en sí mismo y en la sociedad como para saber que va a ser apoyado y no va a ser estigmatizado. Todas las medidas que se le impongan estarán dirigidas a la superación o mitigación del sentimiento de vergüenza, que para muchos se traduce en una respuesta defensiva, negación de la responsabilidad y la necesidad de culpar a los demás por la de culpabilidad, que implica un sentimiento de responsabilidad y remordimiento por una ofensa, es  decir, la culpabilidad como parte de la justicia restaurativa, conlleva dos aspectos básicos de ésta: la asunción de responsabilidad como paso previo para reparar el daño.  Los encuentros restaurativos ya sean en la forma de mediación penal u otra, serían el ultimo escalón en esta justicia juvenil restaurativa, pero no serían lo única forma de ser restaurativos con víctima e infractor como ya se ha visto.
Esta visión restaurativa será aplicable en cualquier fase del proceso penal desde la instrucción hasta el internamiento si llegara el caso, y a cualquier medida aplicable y contemplada en las leyes, para ello deberán impregnarse cada fase del proceso en valores y principios de esta Justicia Restaurativa: empatía, responsabilización, reparación, respeto y relación entre los miembros de la sociedad entre otros.
La Justicia restaurativa en el ámbito de los menores y jóvenes es realmente la pieza clave para reducir la reincidencia, generar armonía social  y un futuro mejor, porque como decía Pitágoras: “Educad a los niños y no tendréis que castigar a los hombres”. Aplicando los valores de la Justicia Restaurativa a los menores infractores, el factor educativo y pedagógico que esta justicia conlleva, puede suponer un punto y aparte en su vida, un cambio que va a beneficiar de paso a sus familiares, amigos y vecinos.

Para esto, es conveniente adaptar y orientar las normas existentes desde un enfoque punitivo a uno restaurativo. Permite la individualización de la respuesta judicial aumentando así su eficacia. Promueve la desjudicialización cuando sea posible y por otro lado esta individualización de la respuesta judicial permite una variedad de medidas a adoptarse y con más proporcionalidad. 

29 de mar. de 2017

Algunos objetivos de las diferentes prácticas restaurativas

Posted: 28 Mar 2017 12:28 AM PDT
Según el manual “la Justicia restaurativa:una visión para la sanación y el cambio” de Susan Sharpe. Los programas de justicia restaurativa tienen los siguientes propósitos:
Confiar ciertas decisiones clave a aquellas personas que se han visto más afectadas por el delito
Hacer la justicia más sanadora e, idealmente, más transformadora. A esto yo añadiría, hacer de la justicia, el ideal de justicia, dando a cada cual lo que corresponde y teniendo en cuenta que los afectados por el delito son seres humanos.
Disminuir la probabilidad de ofensas en el futuro, a lo que yo agrego que también trata de eliminar los roles vitalicios de víctima sin posibilidad de curación y de infractor, sin opciones de reinserción, ya que ambos volverán a la sociedad como personas nuevas y productivas.
Para lograr estas metas es necesario:
* Que las víctimas estén involucradas en el proceso y queden satisfechas con sus resultados

* Que los ofensores entiendan el impacto que han tenido sus acciones sobre otras personas y asuman su responsabilidad por dichas acciones.

* Que los resultados del proceso ayuden a reparar los daños ocasionados y traten las causas del delito( que se elaboren planes específicos para las necesidades de víctimas y ofensores), esto es lo que hará de la justicia restaurativa, más bien una justicia transformadora.

* Que tanto las víctimas como los ofensores logren percibir un sentido de “cierre” o “clausura”, dice la autora, para mi más bien es un sentido de curación o sanación, en las que tanto víctimas como infractores, puedan sentir que lo vivido se ha incorporado a su historia vital como un pasaje más de su historia y que ambas partes se reintegren a la comunidad.

Otro aspecto importante son las preguntas clave de la justicia restaurativa, aquí voy a exponer las básicas ya que para aplicar reuniones restaurativas como las conferencias podemos hacer muchas más, son preguntas orientativas que en verdad, nos ayudan a buscar la restauración a los afectados por el delito.

1. ¿Quién ha sido dañado?

2. ¿Cuales son sus necesidades?

3. ¿Quién tiene la obligación de atender estas necesidades?

4. ¿Quién tiene algún tipo de interés en esta situación?

5. ¿Cuál es el proceso más adecuado para involucrar a todas las partes en un esfuerzo por enmendar el daño?

Estas preguntas bien pueden ser consideradas como la justicia restaurativa en versión resumida. Si empleamos las preguntas guía que constituyen la base de la justicia restaurativa, descubriremos que el enfoque restaurativo se puede aplicar a una gran variedad de situaciones.

Estas preguntas guía pueden ayudarnos abordar ciertos problemas con una nueva perspectiva y a llevar nuestro enfoque restaurativo, mucho más allá, en las comunidades de vecinos, en el trato con la familia y los amigos, en las escuelas, en el trabajo y en definitiva en todos los lugares, donde nos relacionamos con los demás como miembros de un grupo y donde debemos demostrar el respeto a las personas que nos rodean.

Buscando la verdadera Justicia

Posted: 28 Mar 2017 11:57 PM PDT
En un mundo en que las personas cada vez más se sienten alienadas, la Justicia Restaurativa construye sentimientos positivos y fortalece lazos sociales. Nos sentimos alienados y controlados, somos considerados casi incapaces, por ejemplo, si sufres un delito y denuncias, automáticamente desde ese momento, la víctima desaparece todo se gestiona por el sistema, por el "papa estado" hasta tal punto que la verdadera afectada, la que sufrió el delito no es casi tenida en cuenta, solo como un mero testigo, de esta forma no es de extrañar que muchas se sientan como un cebo para que el infractor sea condenado, y una vez que el sistema lo consigue la víctima pasa aún más al olvido.
El objetivo de esta justicia restaurativa,  en el ámbito penal trata no solo de reducir el crimen sino también de reducir su impacto. La capacidad de la Justicia Restaurativa para hacer frente a estas necesidades emocionales y de relación y para “enganchar” a los ciudadanos, es la llave para una comunidad más saludable. 
Para esta justicia, el delito rompe la paz entre los miembros de la comunidad y por eso los delincuentes deben hacer las cosas bien también para con la comunidad. Los efectos de los delitos en las víctimas son en algunos casos más visibles que en otros pero no significa que todas las personas que sufren un delito necesiten ser escuchadas, atendidas e informadas. Las víctimas deben ser las protagonistas, y nadie mejor que ellas para saber cómo quieren ser reparadas y que necesitan, no son seres incapaces sino persona que sufren y necesitan encontrar su camino restaurativo hacia la sanación y la transformación de su vida, recuperando cierto control y equilibrio
Todo esto sin lugar a dudas, es tan solo buscar Justicia, pero Justicia con mayúsculas porque al fin y al cabo, deberíamos aspirar al ideal de justicia. Sé que a muchos les da miedo la palabra, pero creo que como valor, o como ideal, es necesario buscar hacer Justicia y no solo conseguir sentencias ajustadas a derecho.

28 de mar. de 2017

Justiça Restaurativa: transformando a realidade carcerária

Cidade do Vaticano (RV) – Sábado passado, por ocasião de sua visita a Milão, o Papa Francisco dedicou parte do seu dia aos detentos da penitenciária São Vítor – a primeira visita de um Pontífice a esta prisão.
Longe das telecâmeras, Francisco pôde conversar e almoçar com os detentos – momento que o fez “sentir-se em casa”, como disse o próprio Papa.
A Igreja, através da Pastoral Carcerária, partilha desta mesma sensibilidade de Francisco e há anos acompanha os detentos.
No Brasil, diante da crise penitenciária, propõe um novo modelo de Justiça: a Justiça Restaurativa, que foi tema de um seminário internacional nos dias 23 e 24 de março, em São Paulo.
Com o título “Diversos Saberes dialogando para transformar realidades”, o seminário contou a participação de diversas personalidades brasileiras, além de dois  especialistas do Canadá.
Entre os relatores, estava Petronella Maria Bonen, da Congregação das Servas do Espírito Santo, Fundadora da linha de Práticas Restaurativas do Centro de Direitos Humanos e Educação Popular de Campo Limpo – SP. Em entrevista ao vice-coordenador da Pastoral Carcerária, Pe. Gianfranco Graziola, Petronella expõe os fundamentos da Justiça Restaurativa:

Justiça Restaurativa em Santos é apresentada no 'Região em Pauta'

A experiência da implantação e do desenvolvimento da Justiça Restaurativa em Santos foi apresentada no fórum do evento Região em Pauta, do jornal A Tribuna, nesta segunda-feira (27), no auditório da TV Tribuna.
Existente há dez anos no Brasil, a Justiça Restaurativa iniciou na cidade em outubro de 2014, em nove escolas-piloto, como novo modelo de solução de conflitos envolvendo crianças e adolescentes, com a humanização na escuta de vítimas e ofensores.
Hoje inclui 28 unidades, beneficiando 15.614 alunos, com formação de dezenas de educadores, técnicos do Judiciário e membros da comunidade como facilitadores de práticas restaurativas e como lideranças educacionais.
A apresentação foi feita pela coordenadora operacional da Justiça Restaurativa da Secretaria de Educação, Liliane Claro de Rezende.

Derecho penal y Justicia Restaurativa ¿incompatibles?

Posted: 27 Mar 2017 12:13 AM PDT
El derecho penal tiene como misión proteger los bienes jurídicos, motivar conductas, prevenir en forma general y reafirmar las normas. Partiendo del respeto a estas funciones la pena no debe estar destinada solo para infringir castigo sino para resocializar al infractor. Desde el punto de vista general-positivo, debe servir para reafirmar la norma que ha sido vulnerada pero en ocasiones produce un efecto negativo y es que el infractor en lugar de asumir su responsabilidad siente que es “víctima” del sistema injusto. Por eso la pena debería cumplir la función retributiva y preventiva pero también la pena debería tener una función reparadora, ya sea con la víctima directa del delito o con la sociedad en general.Y es que la reparación del daño según Roxin tiene efectos resocializadores ya que obliga al autor a enfrentarse con las consecuencias del hecho y a asumir los intereses legítimos de las víctimas. Roxin, indirectamente ya hablaba de uno de los objetivos de la Justicia Restaurativa y además según él, también debería ser un fin de la pena.Para algunos, el fin primordial de las penas sería la retribución o castigo. Es decir: “el que la hace la paga”.
 La retribución se basa en una especie de venganza recíproca, esta venganza se torna legal mediante la imposición al infractor de una cantidad de dolor que se corresponde con el daño causado por el delito. Todos estamos de acuerdo en que los delitos deben ser censurados públicamente, para fomentar el cumplimiento de las normas pero también hay un equilibrio moral y material que debe ser restaurado para preservar las relaciones sociales. Y en esto la Justicia Restaurativa es de gran ayuda, ya que no se queda solo en la retribución, parte de esta censura y este reproche al infractor a través del castigo, pero va más allá en una forma constructiva, intentando primero que la víctima sea reparada y después que el delincuente se comprometa voluntariamente a esta obligación positiva y constructiva de reparar el daño

Para otros, el fin principal de las penas es la prevención del delito, es decir disuadir de cometer nuevos delitos a la sociedad en general (prevención general) y al infractor, que ya delinquió para que no reincida (prevención especial). La prevención general, muy relacionada con la retribución, va dirigida a la comunidad y trata de mostrar la “ejemplaridad” de las penas, para que ante el temor de ser castigados, no delincan. La prevención especial hace que el infractor a través de la pena y “algo más”, pueda volver al marco social del que se separó al cometer el delito y decida no delinquir más. Entiendo que es una especie de pescadilla que se muerde la cola, pero es así, tal cual y la Justicia Restaurativa en esta prevención tanto especial como general, también puede ayudar. Los procesos restaurativos potencian la participación de la víctima, infractor y/o comunidad así como la responsabilización. Esta participación activa hace que muchos delincuentes se den cuenta y se conciencien del daño real que causaron y su impacto en la víctima y en la comunidad, así evitaran su reincidencia y no por miedo al castigo sino porque se han dado cuenta que no deben dañar a otro ser vivo, ya que generan mucho dolor. La comunidad al tener participación activa, también se hace más madura y responsable y la empatía generada la hace más fuerte y menos proclive a la delincuencia.

27 de mar. de 2017

Coordenadoria da Infância e Juventude do TJPE transmite o Seminário Internacional de Justiça Restaurativa

Evento segue até sexta-feira (24/3)

A Coordenadoria da Infância e Juventude (CIJ) do Tribunal de Justiça de Pernambuco (TJPE) iniciou a transmissão ao vivo do Seminário Internacional de Justiça Restaurativa, que acontece nesta quinta (23/3) e sexta-feira (24/3), das 9h às 18h30. A exibição acontece no Auditório da CIJ, localizado no Centro Integrado da Criança e Adolescente (Cica), rua João Fernandes Vieira, 405, bairro da Boa Vista, no Recife. O evento gratuito é aberto a todos, e as inscrições podem ser feitas no local, uma hora antes do início do evento. O número de vagas é limitado à quantidade de assentos do local.
Entre os temas a serem discutidos no Seminário, estão a justiça restaurativa como política pública no Brasil; a experiência canadense ao aplicar a justiça restaurativa nos crimes de maior potencial ofensivo; e os processos formativos para promover o aprendizado em práticas restaurativas. A programação completa pode ser conferida no site do evento.
Com o tema “Diversos Saberes Dialogando para Transformar Realidades”, o Seminário Internacional de Justiça Restaurativa acontece na cidade de São Paulo. A atividade é promovida pela Escola Paulista da Magistratura, em parceria com o Tribunal de Justiça do Estado de São Paulo, por meio da Coordenadoria da Infância e da Juventude; o Consulado Geral do Canadá em São Paulo; e com a Secretaria da Justiça e da Defesa da Cidadania do Estado de São Paulo.
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Texto: Marília Ferreira | Ascom TJPE



Hablar por hablar no ayuda a la Justicia Restaurativa, nisiquiera a la mediación

Posted: 25 Mar 2017 12:07 AM PDT
Me preocupa el creciente interés de los teóricos por la justicia restaurativa, ¿por qué digo esto?, pues porque son teóricos de libro, de los que no han estado en contacto con la realidad práctica de la justicia restaurativa y sin embargo, parecen ser los protagonistas en esta historia, de cómo implementar la justicia restaurativa en España. Este es el caso de algunos jueces y profesores de Universidad. Y lo peor es que sus declaraciones tienen calada en la sociedad y sin embargo, son declaraciones faltas de conocimiento de lo que realmente es la justicia restaurativa y falta de realidad de lo que se está haciendo y de lo que se puede hacer. Flaco favor nos hacen y es cierto que deberían tener respeto por los que nos dedicamos a ello, parece que con la palabra justicia restaurativa se ha abierto barra libre para que cualquiera, sin saber, pueda opinar. Ejemplos de esto lo vemos todos los días,  desde el que habla de que la justicia restaurativa es eficaz en países con cultura de mediación. O la proposición no de ley, que estuvieron debatiendo políticos en España, para fomentar la mediación, y se mezclaba, mediación y justicia restaurativa, no como si fueran primas hermanas sino como si fueran la misma realidad. Es más, se debate campañas de sensibilización, cuando lo importante sería destinar apoyo económico estable a los servicios de Justicia Restaurativa y para los mediadores. Porque la mejor campaña es que se haga bien, y la gente salga satisfecha. Tampoco se entiende que algunos políticos hablen de la ley de mediación, que excluye en España la penal, pero también hablen de justicia restaurativa, cuando la Justicia Restaurativa se regula en una norma diferente. 
A primera vista, lo que me pregunto primeramente,  es que tendrá que ver Justicia Restaurativa con mediación , sin duda, esto es una dinámica muy común, pensar que se habla de justicia restaurativa pero acabar hablando de mediación, pero lo que sí me parece indignante que muchos den a entender que en España, la justicia restaurativa la ve complicada. 
Obviamente, si piensa que justicia restaurativa es  mediación, puedo llegar a entenderlo pero más allá de esto, se me antoja arriesgado hablar de ello y decir que en culturas como Australia funciona y aquí no hay pruebas de ello. ¿Cómo puede decir que no hay seguridad de que sea eficaz?...¿Acaso ayudar a las víctimas a obtener una reparación adecuada a sus necesidades y hacer que el infractor vea el daño que causó y asuma su responsabilidad, no es eficaz? Por supuesto, que si, pero el problema es que no se sabe qué es justicia restaurativa y se cree que es mediación y que como tal, lo que hacemos es evitar el juicio, y no siempre es así, ni mucho menos. Obviamente si tratamos esta justicia como una simple alternativa, estamos confundiendo al lector y se pondrá en contra por parecer que es una justicia blanda para el infractor, sin embargo, alguien debería comentarle, que la justicia restaurativa puede ser alternativa o complemento al sistema penal, y se puede hacer incluso estando el infractor cumpliendo condena. 

La visión punitiva del ciudadano es cierta pero no solo en España, sino en todos los países del mundo, sin embargo, bien explicada, esta justicia más humana, que no es sino la justicia del sentido común, es aceptada por muchas víctimas. Además no se trata de imponer a todas las víctimas la justicia restaurativa sino de ofrecer esta posibilidad para que las personas puedan decidir si su delito quieren  que sea gestionado de esta forma. No se trata de una alternativa sino de ciertas opciones que el sistema penal debe ofrecer a las personas que sufren un daño, para que puedan decidir. ¿Estudios? Acaso está echando por tierra la labor de los que llevamos años trabajando en ello, o es que es mejor hacer declaraciones polémicas para llamar la atención. Sin duda, no lo sé pero lo peor es que muchas personas se quedan con sus palabras porque teóricamente gozan de prestigio en la sociedad. Hace unos días me preguntaban por buenos cursos de justicia restaurativa en España, y desgraciadamente tengo que decir que no conozco ni un solo curso que hable de justicia restaurativa, la mayoría son de mediación. Para aprender justicia restaurativa es necesario conocer de victimología, dinámica del trauma, procesos restaurativos que no son precisamente de mediación y sobre todo hay que creer que lo que se hace es bueno. Pero es que además es clamoroso, ver cursos en los que solo hablan estos teóricos...qué pueden enseñar a alguien que se quiere dedicar en la práctica pues muy poquito. Sin embargo, mientras sigan contando con el apoyo de todos, seguirán haciendo declaraciones sorprendentes y totalmente alejadas de la realidad. ¿Como no va a funcionar la justicia restaurativa, si es una justicia más humana y más cercana a la realidad de las personas que sufren? Cada vez que explico la justicia restaurativa a una víctima, me da la razón y me dice que es la justicia que desearía obtener, sin embargo, esto se echa por tierra, si luego escuchan cosas como las de este señor. La justicia restaurativa no es una alternativa, no es mediación, no está hecha para aliviar la carga de los juzgados, ni es la panacea para todos los casos. Es una posibilidad incardinada en el proceso penal, que trata de ayudar a las personas que sufren un delito. Todo lo demás es hablar por hablar. Y de todas formas me pregunto si pasa en otros lugares, realmente cuando viajo no veo que sea así sin embargo, es cierto que si nosotros mismos no nos creemos que la justicia restaurativa funciona, mal podemos promocionarla a las demás personas.

24 de mar. de 2017

Seminário de Justiça Restaurativa

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El cambio de lente con la Justicia Restaurativa

Posted: 23 Mar 2017 12:48 AM PDT
Cuando frecuentemente se oye que no hay justicia es sin duda, algo lógico pues la justicia afecta al ciudadano, y a todos en general como miembros de la comunidad. Sin embargo, cuando sufrimos un delito acudimos a la justicia penal buscando obtener una respuesta adecuada a nuestras necesidades, pensando que como afectados, vamos a tener participación directa y protagonista durante todo el proceso. Sin embargo esto no es así,  ya que al final somos meros convidados de piedra en un hecho que nos ha afectado tan drásticamente como es el delito.Se necesita hacer un cambio o quizá más bien una transformación, pues nuestro sistema penal hasta ahora, está sostenido en una concepción de justicia meramente retributiva donde ésta es vista como una responsabilidad de los profesionales y los delitos como acciones en contra del estado. Este cambio mencionado implica una transformación hacia la corriente filosófica de la Justicia Restaurativa, ésta busca transformar el sistema de justicia penal existente al reconocer que las víctimas en particular y la comunidad en general sufren daños por las acciones delictivas, que los ofensores deben tomar responsabilidad por su conducta y que se les debe dar una oportunidad para reparar el daño ocasionado. 
El paso de la Justicia Retributiva a la Restaurativa convierte al estado en socio de la comunidad. El estado deja de ser el protagonista esencial y pasa a colaborar con la comunidad para ofrecer un respuesta al delito y al impacto que éste ha tenido, que sea más adecuado para todos los realmente afectados: víctimas directas y comunidad en general.

Efectivamente la comunidad también es una víctima de todos los delitos ¿Por qué?

Todos estamos conectados y un valor importante de esta justicia restaurativa, es la relación o cómo nos relacionamos, con los demás miembros de la comunidad.
Cada uno de nosotros somos piezas de un mecanismo o engranaje superior que es la comunidad y todos somos esenciales, para que esta comunidad funcione bien, y no se desquebrajen los lazos que nos unen.

Cuando un delito se comete...dos piezas esenciales: infractor y víctima se separan de la comunidad y ésta empieza a resentirse y sentir que ha perdido dos piezas esenciales y que así no puede funcionar con normalidad. La sociedad sufre también el impacto del delito, dos miembros de ella, se han separado y han sido etiquetados como víctima e infractor, esto sin duda, repercute en el grupo, que empieza a ver como las relaciones entre sus miembros se debilitan poco a poco. La Justicia Restaurativa tiene en cuenta a la comunidad como afectada indirecta de todos los delitos, así se puede abordar y gestionar el hecho delictivo y sus consecuencias de una manera más global y sanadora, fortaleciendo las relaciones de los miembros de la comunidad ( de estas piezas esenciales de las que hablaba, que conforman un engranaje superior que es la sociedad) para que cualquiera que se vea afectado por la comisión del delito pueda sentir que sus necesidades son atendidas.

¿Hay obsesión por el proceso en la Justicia Restaurativa?

Posted: 23 Mar 2017 11:20 PM PDT
En ocasiones, me pregunto si no estamos perdiendo la esencia de la Justicia Restaurativa. Por un lado, están las personas que no entienden lo que es, y se limitan a calificar esta Justicia por sus herramientas. Para muchas personas en España, incluidos políticos, Justicia Restaurativa es mediación y ya. De ahí, que en la mayoría de las ocasiones, lo que se oferta es cursos de mediación y no de justicia restaurativa. El tema puede ser mucho más triste, cuando se ofrece en diferentes grados como criminología, la asignatura de mediación , diciendo que es de Justicia Restaurativa y además se imparte por personas que ni son mediadores, ni son facilitadores de Justicia Restaurativa, ni han tenido un mínimo contacto práctico, con los verdaderos "artesanos" de la Justicia Restaurativa.Por otro lado, en muchas ocasiones los propios profesionales de la Justicia Restaurativa somos los que nos obsesionamos con las herramientas, parece que de repente, la única herramienta de esta Justicia, son los círculos o las conferencias restaurativas. Y el problema para muchos,  llega precisamente cuando vemos que lo que un lugar se llama conferencias, en otros se llama simplemente reuniones, o juntas restaurativas como en México. Aquí surge la duda para muchos ¿quién tiene más razón?

La pregunta se agrava más, cuando lo que en un lugar las prácticas restaurativas se llaman círculos y se asemejan más a conferencias, o se utiliza diferente metodología para aplicar la herramienta. Me explico, cuando me formé en conferencias restaurativas, reuniones o como lo quieran llamar, es cierto que teníamos un guión, es un proceso más estructurado pero ¿ hasta el punto de tener que seguir el guión como propugnan algunos, como si fuera "palabra de dios"?. Claramente si la Justicia Restaurativa se caracteriza por su flexibilidad y capacidad de adaptarse a cada caso y sus circunstancias, la respuesta es que no. Pero sin embargo, no son pocas las ocasiones en que cuando doy una capacitación y hablo del guión pero como una ayuda, muchos de los asistentes se sorprenden cuando digo esto, porque previamente otros compañeros les han dicho todo lo contrario. ¿Acaso no es querer burocratizar y pervertir la esencia de esta Justicia? Para mi si, sin lugar a dudas.

 Si nos obsesionamos con el proceso, con las reglas, el guión, la estructura podemos perder el camino de lo que buscamos con la Justicia Restaurativa. Es más, conozco tantas formas de aplicar metodologías como los círculos y las conferencias, como lugares que he visitado. Sin embargo, todas siguen la esencia de atender las necesidades de las partes que participan. Por eso, debemos ser como dice Zehr, claros con los principios y los valores y flexibles con la realidad del proceso, ya que lo que es Justicia Restaurativa en un contexto puede no serlo en otro. Se deben apoyar más prácticas restaurativas, incluso se podrían diseñar muchas más, si se basan en los valores y principios. Entonces pensaréis, es bueno formarse en cómo hacer conferencias o círculos....por supuesto, que si, pero sabiendo que cuando llegue el momento de aplicarlo en la realidad, deberíamos tener en cuenta que debemos adaptarnos a la realidad de las personas que tengamos enfrente y sus necesidades. Incluso para mí,  es importante conocer cómo se realizan las conferencias o  los círculos en diferentes países, para aprender de lo bueno, o lo que más cuadré con nuestro contexto y también sacar provecho de lo que quizá no sea tan bueno o no funcione.

23 de mar. de 2017

Justiça Restaurativa pode ser política pública no Paraná


Demanda foi encaminhada pelo deputado estadual Marcio Pauliki em reunião com o presidente da Assembleia Legislativa.

O presidente da Assembleia Legislativa do Paraná, Ademar Traiano, sinalizou que o programa Justiça Restaurativa pode se tornar em política pública estadual. A demanda foi encaminhada a Traiano em reunião nesta quarta-feira (22) pelo deputado estadual Marcio Pauliki, pelo desembargador Roberto Portugal Bacellar, que é presidente da Comissão de Justiça Restaurativa, e pelo presidente do Instituto Mundo Melhor, Jeroslau Pauliki.
Durante o encontro, o deputado Pauliki se comprometeu a encaminhar um projeto de lei para que a Justiça Restaurativa torne-se política pública no estado, assim como já acontece no Rio Grande do Sul.
“Acho excepcional a ideia. Assim que a legislação, que vão propor, chegar até mim farei um estudo através do corpo técnico da Assembleia e encaminhar ao governo para fazer uma política pública nesse sentido”, revela Traiano.
Hoje a Justiça Restaurativa, segundo o desembargador Bacellar, está presente em 25 cidades do Paraná. “Nossa ideia é ampliar e disseminar essa prática que tem como propósito evitar e apaziguar conflitos, atuando em casos de pequenas rixa a mais graves. O objetivo é pacificar a sociedade”, ressalta Bacellar.
Em Ponta Grossa, a Justiça Restaurativa atua desde 2014 tendo como parceiro técnico o Instituto Mundo Melhor. Foi a primeira experiência com êxito em todo o estado. “Foi o projeto piloto no Paraná que deu certo. Os agentes atuam na capacitação de juízes, promotores, diretores de escolas, lideranças comunitárias”, explica o desembargador.
Segundo o deputado Pauliki, o projeto de lei deve ser encaminhado em breve. “Vamos atuar para que a Justiça Restaurativa atenda a todo o estado. Afinal, toda a sociedade será beneficiada com essa prática”, afirma o parlamentar.
A juíza Laryssa Angélica Copack Muniz ressalta a importância de implantar uma lei para ampliar a Justiça Restaurativa. “Ponta Grossa foi a cidade pioneira no Paraná. Com uma lei estadual podemos ampliar a atuação em outras cidades e em outros ambientes. Conseguiremos também ter um orçamento específico para agir na prevenção e resolução dos conflitos”, afirma a magistrada.
A também juíza Jurema da Silveira Gomes ressalta que a Justiça Restaurativa é uma prática voluntária. “Toda e qualquer situação pode ser solucionada desde que as partes se sintam à vontade. Como política pública, a Justiça Restaurativa empodera a sociedade para resolver os seus conflitos e podemos fortalecer as redes de atendimento à toda sociedade paranaense. A sociedade consegue resolver seus conflitos sem a necessidade da judicialização dessas situações”, afirma.

Entenda como funciona

A Justiça Restaurativa promove a pacificação em conflitos por meio do diálogo entre vítima, a outra parte e pessoas próximas aos envolvidos. De acordo com o desembargador Bacellar, esta é uma forma inovadora de trabalhar a sociedade em um conceito diferente de justiça. "Fazer as pessoas envolvidas no conflito trazerem a percepção que elas têm de justiça", ressalta o desembargador, enfatizando a importância dos magistrados aderirem à causa.
A implementação de sistemas alternativos de administração de conflitos dentro dos programas já existentes no Tribunal, como ‘Justiça se Aprende na Escola’, ‘Juizado Móvel de Trânsito’, está entre uma das metas da Comissão, além de outros caminhos que possam oferecer novas soluções aos conflitos e um acesso à justiça mais democrático.

Algunos indicadores de que estamos siendo restaurativos en el ámbito penal

Posted: 22 Mar 2017 12:56 AM PDT
Es cierto, que en ocasiones nos preocupamos mucho por la teoría, somos demasiado teóricos y nos olvidamos de la realidad de la justicia restaurativa, y no es otra que es una justicia que surgió de la comunidad y por eso, tenemos que centrarnos en la práctica. Pero para que la práctica sea la adecuada, debemos tener en consideración unos criterios, que nos van a servir para saber si vamos por un camino restaurativo. 
Algunos indicios que nos indicarán si somos restaurativos, en el ámbito penal,  son los siguientes:
Se debe ofrecer una oportunidad para el encuentro. Desgraciadamente no siempre el encuentro víctima, infractor y comunidad será posible, entonces buscaremos fórmulas alternativas que no serán totalmente restaurativas pero si al menos parcialmente, de hecho, estamos acostumbrados en España porque la mediación penal es una herramienta de la Justicia Restaurativa pero solo parcialmente restaurativa.
Se debe poner énfasis en la reparación del daño. Algunos daños no podrán ser reparados pero pueden hacerse cosas para que si bien no se repara el daño, se puede aminorar o bien proporcionar una satisfacción moral, como por ejemplo: las disculpas, acciones que hagan ver a la víctima que será difícil que se vuelva a cometer un nuevo delito...También se debe valorar el daño que se ocasiona a la comunidad y en ocasiones al infractor ( para repararle el daño deberemos darle la oportunidad de hacer lo correcto, sin etiquetarlo de por vida como delincuente)

Se debe tener como objetivo primordial reintegrar a la víctima y al infractor. Víctima e infractor necesitaran ayuda en su esfuerzo por reintegrarse de nuevo en la sociedad como un miembro más. El infractor necesitará ayuda para cambiar su comportamiento, y aceptar que la reparación es una prestación socialmente constructiva. La víctima necesitará asistencia para recuperarse del delito.

Se debe posibilitar la inclusión de la víctima y del infractor en todos los procesos restaurativos. Esta característica está muy relacionada con la primera del encuentro, pero va más allá, víctima e infractor, pero sobre todo víctima necesita recuperar el control de su vida, ser informada y tener voz durante todo el proceso y esto lo favorecen los procesos de justicia restaurativa.Por otro lado, aunque la víctima no quiera participar en un proceso restaurativo se la pueden ofrecer otros cauces como por ejemplo estar representada por un tercero. Se pueden buscar alternativas como encuentros indirectos, a través de cartas…y lo mismo pasaría si el infractor no quiere tomar parte en un proceso de estas características.

22 de mar. de 2017

Cursos incentivam justiça restaurativa no Pará

Parceria da Universidade da Amazônia (Unama) com o Ministério Público do Estado (MPE) tem a finalidade de estimular a cultura da paz


A Universidade da Amazônia (Unama) está realizando cursos de “Justiça Restaurativa” e “Formação de Facilitadores em Círculos de Resolução de Conflito” em parceria com o Ministério Público do Estado do Pará. A programação começou na última quinta-feira (16), no campus Alcindo Cacela, e se estende até o dia 12 de maio. Os cursos mobilizam promotores de justiça, técnicos do Ministério Público, professores da Unama, estagiários envolvidos no Núcleo de Práticas Restaurativas (NUPRE) e técnicos de organizações que compõem a rede serviços do território NUPRE.
Para a professora do curso de Serviço Social da Unama Maria Lucia Dias, os cursos também são importantes para propagar a cultura de paz. “Nessa parceria que a Unama fez com o Ministério Público houve a possibilidade de criar internamente um Núcleo de Prática Restaurativa. Também existe uma atuação preventiva, com alunos de Psicologia e de Serviço Social. A gente leva a construção da cultura de paz, através de círculos, que é a metodologia da justiça restaurativa”, conta.
A justiça restaurativa brasileira apresenta um modelo diferente de fazer justiça. “O modelo tradicional é baseado na aplicação de uma pena ou castigo, que se dá muito pelo encarceramento. A nossa experiência brasileira mostra que esse método não está dando conta de resolver situações de violência”, afirma a assistente social Jandira Silva.
Com base em técnicas, a justiça restaurativa propõe o acompanhamento dos casos a partir do pressuposto de que quando uma pessoa comete um crime, contravenção ou uma ofensa, ela não está ferindo só um código jurídico, está infringindo uma relação de convivência e sociabilidade. “Hoje as pessoas pagam o período da pena que foi aplicada, e quando elas voltam para sociedade não retornam com qualquer tipo de responsabilidade, porque não passaram por um processo de autorreflexão da sua conduta. Então a justiça restaurativa tenta trazer essa outra forma de aplicar a justiça”, conta Jandira Silva. “Vamos conversar e trocar experiências, durante esses dois meses. Principalmente dialogar sobre os casos”, diz a estagiária de Psicologia Ingrid Nassar, sobre a importância da didática e a troca de experiências com outros profissionais.
Confira a programação completa:
1ª fase - Curso sobre Justiça Restaurativa - 16, 23 e 30 de março, 6 e 20 de abril.
2ª fase - Formação de Facilitadores em Círculos de Resolução de Conflito - 27 e 28 de abril, 4, 5, 11 e 12 de maio.

"Las personas son algo más de lo que hicieron en el pasado"

Posted: 21 Mar 2017 01:07 AM PDT
Las personas son algo más que aquello que hicieron mal en el pasado". Esta frase  la dijo una víctima tras participar en un proceso de Justicia Restaurativa y representa que aunque la Justicia Restaurativa surge por las víctimas también parte de la idea de ayudar al infractor. Esta atención a las víctimas y que repercute en el infractor, supone que ayudamos a las víctimas a que dejen de sentirse como tal y favorecemos que el infractor pueda ser mirado no por lo malo que hizo en el pasado sino por lo bueno que puede hacer en el futuro. Y esto es así porque  la Justicia Restaurativa, fomenta la eliminación de ideas preconcebidas, las "etiquetas" y los "estereotipos " no son válidas para esta Justicia. El infractor no es siempre y en todo caso un ser "malvado" y sin conciencia por lo que puede que quiera cambiar y el estigma de infractor por lo tanto, debe ser temporal. De la misma manera, la víctima no debe sentirse así de por vida, esto impedirá su curación y hará imposible que tenga una vida más o menos normal, no olvidando el delito, pero si incorporando la experiencia del delito como un pasaje más de su vida.Se invita al infractor a hacer lo correcto, es decir la reparación o compensación del daño, no es una sanción, ni debe ser considerada así, es más bien una obligación o responsabilidad, del infractor y de todo ser humano. Se parte de la idea de que el que hace algo mal, tiene que intentar devolver algo de bien por el mal que  hizo, porque somos seres responsables y así debe ser.
La Justicia actual no favorece la eliminación de estos roles, durante todo el proceso el infractor va a ser el centro de atención para decidir si es o no culpable y si debe ser castigado, deja pocos espacios para la responsabilización voluntaria y los pocos que ahí, pueden ser vistos como una vía de conseguir beneficios jurídicos. Pero es que además no decimos toda la verdad y  parece que les "vendemos" que cuando cumplan su condena volverán a reintegrarse en la comunidad, sin embargo, tras cumplir su condena en rara ocasión se pueden ver "libres del estigma de ser delincuentes", aun y cuando han cumplido su condena. Para la víctima el proceso penal tradicional tampoco es algo muy diferente, será llamada a declarar, a juicio pero siempre para contar el delitos vivido, la recordarán una y otra vez que es una víctima y los pocos espacios que pueda tener para hablar,  no son suficientes para poder sentirse escuchada y respetada, no la dejamos espacio vital para que pueda pasar de víctima a superviviente. Solamente las hacemos recordar una y otra vez la experiencia vivida pero con el único fin de conseguir que el infractor pueda ser castigado. Casi las utilizamos como cebo para que el Estado como víctima pueda obtener su reparación, castigando al infractor

Por esto, la Justicia Restaurativa es la opción más justa, ya que al infractor que quiera cambiar, le va a ofrecer una segunda oportunidad. Al darle la posibilidad de hacer lo correcto, favorece que el infractor deje de sentirse así de por vida, ya no va a ser el delincuente, sin posibilidad de reinserción. Aprenderán que cuando alguien hace algo mal, lo lógico, natural y humano es intentar compensar y mitigar este daño. Se humaniza al infractor para dejar de etiquetarlo por lo malo que pudo hacer en el pasado. La Justicia Restaurativa es un ventana abierta al futuro.

 Para la víctima es importante el proceso restaurativo porque la da voz, y poder de decisión, ya no es un instrumento de la justicia sino que es el centro de atención de la justicia, la prioridad es que obtenga una reparación del daño adecuada a sus necesidades,  que la permita empezar el camino hacia la superación del delito, esto ayudará a que poco a poco pueda dejar de sentirse víctima y pase a ser un superviviente.

Por eso un pilar importante de la Justicia Restaurativa, es la reinserción, pero no solo del infractor sino también de la víctima. Esta vuelta de ambos a la comunidad, su reconexión supondrá que se ha gestionado bien el delito y su impacto, y sobre todo que ambos han podido despojarse de sus etiquetas e incorporarse de nuevo a la sociedad como dos personas, sin estigmas ni estereotipos.
Cuando nos encontramos con una víctima que tras muchos años de sufrir el delito sigue sintiéndose así, es que algo ha fallado en el sistema y no la hemos dado la oportunidad de superar este rol, igual que si un infractor tras cumplir su deuda con el sistema, vuelve a la sociedad pero todavía señalado como delincuente.
Por eso,  una consecuencia beneficiosa de la Justicia Restaurativa es lo que he venido hablando, que  favorece la eliminación de roles de víctima e infractor. Esto deja personas más satisfechas con la Justicia y fomenta un fortalecimiento de los lazos sociales .

“É chegada a hora de inverter o paradigma: mentes que amam e corações que pensam.” Barbara Meyer.

“Se você é neutro em situações de injustiça, você escolhe o lado opressor.” Desmond Tutu.

“Perdoar não é esquecer, isso é Amnésia. Perdoar é se lembrar sem se ferir e sem sofrer. Isso é cura. Por isso é uma decisão, não um sentimento.” Desconhecido.

“Chorar não significa se arrepender, se arrepender é mudar de Atitude.” Desconhecido.

"A educação e o ensino são as mais poderosas armas que podes usar para mudar o mundo ... se podem aprender a odiar, podem ser ensinadas a amar." (N. Mandela).

"As utopias se tornam realidades a partir do momento em que começam a luta por elas." (Maria Lúcia Karam).


“A verdadeira viagem de descobrimento consiste não em procurar novas terras, mas ver com novos olhos”
Marcel Proust


Livros & Informes

  • ACHUTTI, Daniel. Modelos Contemporâneos de Justiça Criminal. Porto Alegre: Livraria do Advogado, 2009.
  • AGUIAR, Carla Zamith Boin. Mediação e Justiça Restaurativa. São Paulo: Quartier Latin, 2009.
  • ALBUQUERQUE, Teresa Lancry de Gouveia de; ROBALO, Souza. Justiça Restaurativa: um caminho para a humanização do direito. Curitiba: Juruá, 2012. 304p.
  • AMSTUTZ, Lorraine Stutzman; MULLET, Judy H. Disciplina restaurativa para escolas: responsabilidade e ambientes de cuidado mútuo. Trad. Tônia Van Acker. São Paulo: Palas Athena, 2012.
  • AZEVEDO, Rodrigo Ghiringhelli de; CARVALHO, Salo de. A Crise do Processo Penal e as Novas Formas de Administração da Justiça Criminal. Porto Alegre: Notadez, 2006.
  • CERVINI, Raul. Os processos de descriminalização. 2. ed. rev. da tradução. São Paulo: Revista dos Tribunais, 2002.
  • FERREIRA, Francisco Amado. Justiça Restaurativa: Natureza. Finalidades e Instrumentos. Coimbra: Coimbra, 2006.
  • GERBER, Daniel; DORNELLES, Marcelo Lemos. Juizados Especiais Criminais Lei n.º 9.099/95: comentários e críticas ao modelo consensual penal. Porto Alegre: Livraria do Advogado, 2006.
  • Justiça Restaurativa. Revista Sub Judice - Justiça e Sociedade, n. 37, Out./Dez. 2006, Editora Almedina.
  • KARAM. Maria Lúcia. Juizados Especiais Criminais: a concretização antecipada do poder de punir. São Paulo: Revista dos Tribunais, 2004.
  • KONZEN, Afonso Armando. Justiça Restaurativa e Ato Infracional: Desvelando Sentidos no Itinerário da Alteridade. Porto Alegre: Livraria do Advogado, 2007.
  • LEITE, André Lamas. A Mediação Penal de Adultos: um novo paradigma de justiça? analise crítica da lei n. 21/2007, de 12 de junho. Coimbra: Editora Coimbra, 2008.
  • MAZZILLI NETO, Ranieri. Os caminhos do Sistema Penal. Rio de Janeiro: Revan, 2007.
  • MOLINA, Antonio García-Pablos de; GOMES, Luiz Fávio. Criminologia. Coord. Rogério Sanches Cunha. 6. ed. rev., atual e ampl. São Paulo: Revista dos Tribunais, 2008.
  • MULLER, Jean Marie. Não-violência na educação. Trad. de Tônia Van Acker. São Paulo: Palas Atenas, 2006.
  • OLIVEIRA, Ana Sofia Schmidt de. A Vítima e o Direito Penal: uma abordagem do movimento vitimológico e de seu impacto no direito penal. São Paulo: Revista dos Tribunais, 1999.
  • PALLAMOLLA, Raffaella da Porciuncula. Justiça restaurativa: da teoria à prática. São Paulo: IBCCRIM, 2009. p. (Monografias, 52).
  • PRANIS, Kay. Processos Circulares. Tradução de Tônia Van Acker. São Paulo: Palas Athena, 2012.
  • RAMIDOFF, Mario Luiz. Sinase - Sistema Nacional de Atendimento Socioeducativo - Comentários À Lei N. 12.594, de 18 de janeiro de 2012. São Paulo: Saraiva, 2012.
  • ROLIM, Marcos. A Síndrome da Rainha Vermelha: Policiamento e segurança pública no século XXI. Rio de Janeiro: Jorge Zahar Editor. 2006.
  • ROSA, Alexandre Morais da. Introdução Crítica ao Ato Infracional - Princípios e Garantias Constitucionais. Rio de Janeiro: Lumen Juris, 2007.
  • SABADELL, Ana Lúcia. Manual de Sociologia Jurídica: Introdução a uma Leitura Externa do Direito. 4. ed. rev., atual. e ampl. São Paulo: Revista dos Tribunais, 2008.
  • SALIBA, Marcelo Gonçalves. Justiça Restaurativa e Paradigma Punitivo. Curitiba: Juruá, 2009.
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  • SANTOS, Juarez Cirino dos. A Criminologia Radical. 2. ed. Curitiba: Lumen Juris/ICPC, 2006.
  • SCURO NETO, Pedro. Sociologia Geral e Jurídica : introdução à lógica jurídica, instituições do Direito, evolução e controle social. 6. ed. São Paulo: Saraiva, 2009.
  • SHECAIRA, Sérgio Salomão; Sá, Alvino Augusto de (orgs.). Criminologia e os Problemas da Atualidade. São Paulo: Atlas, 2008.
  • SICA, Leonardo. Justiça Restaurativa e Mediação Penal - O Novo Modelo de Justiça Criminal e de Gestão do Crime. Rio de Janeiro: Lumen Juris, 2007.
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  • ZEHR, Howard. Justiça Restaurativa. Tradução de Tônia Van Acker. São Paulo: Palas Athena, 2012.
  • ZEHR, Howard. Trocando as lentes: um novo foco sobre o crime e a justiça. Tradução de Tônia Van Acker. São Paulo: Palas Athena, 2008.