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19 de mai. de 2014

¿Revictimización por perdonar?

Bien conocido es por nuestra cultura popular el refrán que reza: “errar es humano, perdonar es de sabios”. Sin embargo, a pesar de convivir en un siglo marcado por el imparable avance tecnológico, todavía suspendemos en ciertas parcelas referidas, sobre todo, a la moral del ser humano y, si se me permite, de alguna manera relacionado con el sentido que tratamos de buscar a nuestra propia existencia individual, al significado de nuestro paso por la vida.
Esta introducción, que pretendo utilizar a modo de reflexión, tiene su origen en la indignación que siento tantas veces cuando escucho en boca de expertos profesionales que comentan en los medios de comunicación o que redactan en diferentes plataformas mediáticas que es imposible perdonar a alguien que te ha creado un daño irreparable o insustituible. Ya sea de manera consciente o inconsciente, el resultado de este tipo de pensamiento es que se llega a etiquetar socialmente como “desviado” a todo aquel que se atreve a abrir su corazón porque logró sanar sus heridas del pasado.
Parece que el halo de punitivismo no deja de perseguir a la humanidad, por lo menos en lo referido al mundo delictivo en nuestra actual sociedad. Y es que a día de hoy ya sabemos de sobra que la cárcel no rehabilita, como promulga nuestra Constitución, y que la víctima no se siente, ni tan siquiera, valorada por el sistema de justicia. Pero sin embargo seguimos emitiendo a la sociedad ese mensaje del “ojo por ojo” que no compensa a nadie, porque no resulta constructivo para la sociedad en sí. Y todo ello ocurre a pesar de que, desde hace ya muchas generaciones que los más célebres pensadores y personajes de mayor trascendencia resaltan la importancia de la capacidad de perdonar. Como alguien, admirado por muchos, dijo en su día: “ojo por ojo y el mundo se quedará ciego”.
Y es la víctima de nuevo la protagonista en esta triste velada, que no bastando aún con haber sufrido un daño, somos capaces de machacarla una y otra vez mediante críticas imprudentes y juicios nada fundados que se basan en este punitivismo que actúa de yugo. Es el caso de la mujer de Benejúzar que mató al violador de su hija y que finalmente ha entrado en prisión. Se trata de una víctima secundaria de un delito horrible y que hoy vuelve a ser revictimizada por nuestro sistema de justicia. Otro caso que sale a la palestra recientemente es el de una de las secuestradas por el “monstruo de Cleveland”, la cual acaba de publicar un libro donde cuenta esa experiencia que tuvo que vivir como víctima y en donde afirma que: “Si hice algo malo, así sea algo pequeño, a mí me gustaría que alguien me perdone. Así es que yo puedo perdonarlo por todo el mal que hizo porque ese es el camino de la vida”. Sin embargo tenemos que escuchar la gran barbaridad que decía un famoso abogado en los medios de comunicación, cuando afirmaba que ella (la secuestrada) sí que era un verdadero monstruo por perdonar a un hombre que le ha causado tanto daño, y además, una oportunista por lanzar el libro a la venta utilizando la excusa del perdón como herramienta de márketing. Pues sepan ustedes que espero poder llegar a leer su experiencia; como también espero poder leer la de la mujer de Benejúzar que escribirá mientras esté en prisión, porque son historias reales, historias de vidas valientes que ayudan y que sí que se comprometen para que la sociedad sepa valorar otras parcelas de los propios miembros que la conforman. ¿Desde cuándo convertimos a una persona en “monstruo” por tener la capacidad de perdonar? ¿Es que tenemos a caso la potestad absoluta de decidir cómo y a quién perdonar en nombre de los demás? En mi interior sabría decidir qué mente es más monstruosa en este caso concreto. El siguiente caso que quiero mencionar sí que llegó a conmoverme y a estremecerme a un alto nivel cuando lo conocí, porque ocurre tras un telón de fondo como es el terrorismo y el racismo más radical. Todos recordamos lamentablemente el atentado del 11-S ocurrido en Nueva York; días después Mark Stroman, natural de Dallas (Texas), decidió coger su fusil y matar a varias personas en diferentes momentos tan sólo porque eran musulmanas. Stroman fue condenado a pena de muerte por estos hechos cometidos. Sin embargo, una de sus víctimas sobrevivió y tiempo después consiguió ponerse en contacto con Stroman, que permanecía en el “corredor de la muerte” esperando su ejecución. Tras varios encuentros muy emotivos entre ambos, el remordimiento y el reconocimiento nació en uno y el perdón nació del otro. Stroman, con lágrimas en los ojos, le dijo a su víctima antes de morir: “Rais, tú has perdonado lo imperdonable y por ello siento un profundo respeto hacia ti”… “una sensación de paz llega a mí, ya no hay más miedo, no hay más odio dentro de mí.”. Por su parte Rais consiguió un fondo de dinero para las 2 mujeres viudas de las otras víctimas e incluso para los hijos del propio Stroman.
Creo en el perdón porque considero que para llegar hasta él hace falta pasar por un proceso sanador. El perdón implica siempre a dos partes, y nadie más que éstas están legitimadas para decidir llegar hasta a él, si esa es su voluntad. Y ningún gobierno, ni ningún sistema jurídico de corte punitivista son el escenario en el cual debamos movernos si queremos que las generaciones siguientes no vivan más de lo mismo. Como criticar siempre es fácil, pero proponer cambios frescos es de valientes, señalo que es desde el marco de la Justicia Restaurativa desde el cual debemos trabajar la sociedad en conjunto para que todos estos sentimientos de ira, que hemos ido creando y heredando, comiencen a diluirse en un mar de reconocimiento, empatía, interiorización, valoración, responsabilidad, y en definitiva para que todo este proceso, respaldado en una filosofía ancestral de verdadera sanación emocional, sea y sirva de guía.
“Si realmente queremos amar, tenemos que aprender a perdonar”. Madre Teresa de Calcuta.

Posted: 16 May 2014 

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Livros & Informes

  • ACHUTTI, Daniel. Modelos Contemporâneos de Justiça Criminal. Porto Alegre: Livraria do Advogado, 2009.
  • AGUIAR, Carla Zamith Boin. Mediação e Justiça Restaurativa. São Paulo: Quartier Latin, 2009.
  • ALBUQUERQUE, Teresa Lancry de Gouveia de; ROBALO, Souza. Justiça Restaurativa: um caminho para a humanização do direito. Curitiba: Juruá, 2012. 304p.
  • AMSTUTZ, Lorraine Stutzman; MULLET, Judy H. Disciplina restaurativa para escolas: responsabilidade e ambientes de cuidado mútuo. Trad. Tônia Van Acker. São Paulo: Palas Athena, 2012.
  • AZEVEDO, Rodrigo Ghiringhelli de; CARVALHO, Salo de. A Crise do Processo Penal e as Novas Formas de Administração da Justiça Criminal. Porto Alegre: Notadez, 2006.
  • CERVINI, Raul. Os processos de descriminalização. 2. ed. rev. da tradução. São Paulo: Revista dos Tribunais, 2002.
  • FERREIRA, Francisco Amado. Justiça Restaurativa: Natureza. Finalidades e Instrumentos. Coimbra: Coimbra, 2006.
  • GERBER, Daniel; DORNELLES, Marcelo Lemos. Juizados Especiais Criminais Lei n.º 9.099/95: comentários e críticas ao modelo consensual penal. Porto Alegre: Livraria do Advogado, 2006.
  • Justiça Restaurativa. Revista Sub Judice - Justiça e Sociedade, n. 37, Out./Dez. 2006, Editora Almedina.
  • KARAM. Maria Lúcia. Juizados Especiais Criminais: a concretização antecipada do poder de punir. São Paulo: Revista dos Tribunais, 2004.
  • KONZEN, Afonso Armando. Justiça Restaurativa e Ato Infracional: Desvelando Sentidos no Itinerário da Alteridade. Porto Alegre: Livraria do Advogado, 2007.
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  • ZEHR, Howard. Trocando as lentes: um novo foco sobre o crime e a justiça. Tradução de Tônia Van Acker. São Paulo: Palas Athena, 2008.