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20 de jun. de 2013

¿Somos punitivos por naturaleza?

Es cierto que hablar de Justicia Restaurativa en un mundo en el que todos y cada uno de los días, se clama por penas más duras, como si esto fuera la panacea a los problemas y la solución a la delincuencia es un poco complicado o al menos puede serlo en un principio,  porque la realidad nos demuestra que somos más punitivos los que nunca hemos sido víctimas, mientras que muchas que sí lo son, lo único que desean de la justicia es ser escuchadas, respetadas y obtener una reparación o mitigación del daño que el delito las ha causado. Sin embargo, esto es más complicado de lo que pueda parecer, ya que aunque no seamos muy punitivos por naturaleza, tal parece que nos vemos influenciados para serlo, y para ilustrar esto nada mejor que un ejemplo. 
Estos días se está celebrando un juicio de un padre, acusado de matar a sus hijos y luego denunciar su desaparición, obviamente el caso por sus terribles circunstancias siempre ha sido mediático, sin embargo hay algo que no logro comprender  y es que el juicio de este presunto asesino sea el objetivo casi exclusivo de todos los programas de televisión, llegando incluso a verse las imágenes del juicio, casi de forma instantánea. Estos medios desgranan cada palabra, cada actitud del infractor con expertos que en una u otro forma, no hacen sino reafirmar la maldad de un hombre que mató a sus hijos.
¿Cómo no sentir ira y deseos de venganza? Por supuesto, que es lógico y normal pero si además todo el día y a todas las horas tenemos en mente el caso, es difícil que no nos veamos “tocados” como seres humanos que somos por el dolor que este hombre ha causado y veamos en el más terrible de los castigos, una forma de mitigar un poquito el terrible daño. Comprendo el derecho de información de los medios de comunicación y estoy de acuerdo que es importante conocer lo que ocurre a nuestro alrededor pero considero excesivo tratar el tema de forma tan exhaustiva que casi convierte al presunto asesino en una estrella mediática. Tanto protagonismo ¿no es alimentar el ego y la vanidad de este delincuente y de otros potenciales que se animen a imitar el delito para “copar” los medios de comunicación y “hacerse famosos”?
Sin duda me parece un riesgo, y es algo propio de la sociedad actual que vivimos, en la que a la vez que podemos estar informados casi a tiempo real de lo que ocurre en cualquier parte del mundo, también esto puede generar sus efectos negativos. Y por supuesto nosotros también nos vemos influenciados por lo que vemos en los medios,  por eso más que punitivos por naturaleza, considero que es imposible no serlo porque nos “empujan” a ello.  Socialmente cuando nos “bombardean” en prensa con la información más que detallada de los crímenes, el ser punitivo es la única respuesta que encontramos para hacer frente a la indignación y la rabia que surge en nosotros, y mucho más si para colmo, se nos muestra que el delincuente ni se arrepiente ni reconoce los hechos.
Otra cosa es qué sentimos de manera personal, por supuesto que ser víctima de un delito provoca indignación, ira, humillación y venganza o deseo de compensar el daño sufrido inflingiendo dolor al infractor. Sin embargo, si se ahonda en las necesidades de las víctimas, ya he dicho que son tan punitivas, lo que reclaman generalmente es que nadie vuelva a pasar por lo que ellas han sufrido. La Justicia Restaurativa es la que puede abordar el trauma de las víctimas de una manera más satisfactoria, escuchándolas, ayudándolas a hacer frente el daño sufrido con el delito y a obtener la reparación moral y/o material adecuada a sus necesidades reales y a sus sentimientos, no una reparación jurídica impuesta por un tercero ajeno a ellas y sus expectativas reales. Este es el problema, el delito no es un concepto jurídico simplemente, el delito afecta a seres humanos y genera sentimientos diferentes y distintos en cada persona. No todas las víctimas de los mismos delitos, tendrán iguales necesidades y la Justicia Restaurativa permite atender a cada una de una forma individualizada. Frente a esto, la justicia tradicional retributiva reduce el delito a algo jurídico, a conceptos y procedimientos iguales para todos, llenos de burocracia y a menudos incomprensibles. La retribución se centra en la dimensión pública de la delincuencia, por eso los profesionales de la justicia pueden sentir que se ha hecho justicia, pero las partes directamente afectadas, suelen en cambio sentirse frustradas con la idea de que no hay justicia.
 ¿Por qué? La Justicia Retributiva o punitiva se centra de forma exclusiva en que el mayor de los castigos posibles se imponga al culpable, olvidándose de las víctimas casi por completo. Este castigo no mitiga, ni repara por si solo el daño causado, quizá ayuda a las víctimas a pensar que durante un tiempo este delincuente no volverá a dañar a nadie pero esto solo retrasa el dolor y no compensa el daño real y tangible que sufrieron. Para los que no hemos sido víctimas, pero sí somos potenciales, puede suponer más que un alivio y una forma de recuperar el sentimiento de seguridad al saber que el delincuente tardará tiempo en salir a la calle y en tener una nueva oportunidad de delinquir. De alguna manera, el daño potencial de sufrir un delito se mitiga o compensa, evitando durante cierto tiempo este riesgo, por eso frecuentemente somos los que no hemos sido víctimas, los más punitivos. Pero para las víctimas directas, o al menos muchas de ellas, es necesario algo más, algo que no consiguen con ser punitivas exclusivamente: la restauración emocional. Aquí es donde tiene cabida y da esperanzas la justicia restaurativa, abordando las dimensiones emocionales de la delincuencia y transformando y canalizando estas emociones no positivas y destructivas por algo constructivo (motivaciones sanadoras). Esto no servirá para todas y cada una de las personas que sufren un delito, pero para muchas si, (más de las que podemos pensar).
Tanto la Justicia Retributiva como la Restaurativa aunque puedan para parecer radicalmente diferentes, tienen el mismo objetivo y este es reequilibrar las consecuencias del delito, la diferencia es que una se centra en el castigo y otra en la víctima y sus necesidades. No son tan opuestas sino más bien dos caras de una misma moneda, para mi, hay cierto componente de retribución pero constructivo en la Justicia Restaurativa ya que ésta se pregunta qué clase de deuda tiene el infractor y qué debe hacer para pagar esa deuda, el castigo existe pero primero se intenta reparar a la víctima ( en un intento de mostrar a los ciudadanos en general y al delincuente en particular, que todos estamos interconectados y nuestras conductas afectan a los demás, al igual que las de los demás nos afectan, por eso el que hace algo mal, tiene la obligación de hacer lo posible para corregirlo o compensarlo) y luego, ya se ve cual es el castigo que obviamente se tiene que imponer el delincuente por violar la norma. Como dice Braithwaithe, “la delincuencia duele y la justicia debe sanar”.
Me gustaría acabar con un documental que vi ayer y  que me dejó claro que no está en nuestra esencia en general, ser más punitivos que restaurativos, se trataba de una leoparda que sale a cazar dejando a su cría en la madriguera, cuando vuelve descubre que una pitón ha devorado a su cría con paciencia, la sigue hasta que la ataca....cuando uno ve el documental piensa que la va a matar, sin embargo, solo la ataca hasta que la pitón, viéndose atacada expulsa el cuerpo de su cría para escapar más rápido, para mi sorpresa la reacción de la madre leopardo no es la de atacar a la pitón hasta matarla, lo que hace es ocuparse del cuerpo de su cría. Si alguien duda de que la esencia natural de los seres vivos es más restaurativa que punitiva, solo tiene que ojear el documental para darse cuenta que no es la norma general, claro, otra cosa es que haya excepciones que también se deben respetar, porque los que trabajamos en Justicia Restaurativa para hacerlo bien, debemos escuchar a las víctimas, tanto a las que están a favor de esta justicia como las que están en contra ya que al fin y al cabo, tanto los que son más retributivos como los que son más restaurativos buscan un mundo mejor.

Criminología y JusticiaPosted: 19 Jun 2013

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Livros & Informes

  • ACHUTTI, Daniel. Modelos Contemporâneos de Justiça Criminal. Porto Alegre: Livraria do Advogado, 2009.
  • AGUIAR, Carla Zamith Boin. Mediação e Justiça Restaurativa. São Paulo: Quartier Latin, 2009.
  • ALBUQUERQUE, Teresa Lancry de Gouveia de; ROBALO, Souza. Justiça Restaurativa: um caminho para a humanização do direito. Curitiba: Juruá, 2012. 304p.
  • AMSTUTZ, Lorraine Stutzman; MULLET, Judy H. Disciplina restaurativa para escolas: responsabilidade e ambientes de cuidado mútuo. Trad. Tônia Van Acker. São Paulo: Palas Athena, 2012.
  • AZEVEDO, Rodrigo Ghiringhelli de; CARVALHO, Salo de. A Crise do Processo Penal e as Novas Formas de Administração da Justiça Criminal. Porto Alegre: Notadez, 2006.
  • CERVINI, Raul. Os processos de descriminalização. 2. ed. rev. da tradução. São Paulo: Revista dos Tribunais, 2002.
  • FERREIRA, Francisco Amado. Justiça Restaurativa: Natureza. Finalidades e Instrumentos. Coimbra: Coimbra, 2006.
  • GERBER, Daniel; DORNELLES, Marcelo Lemos. Juizados Especiais Criminais Lei n.º 9.099/95: comentários e críticas ao modelo consensual penal. Porto Alegre: Livraria do Advogado, 2006.
  • Justiça Restaurativa. Revista Sub Judice - Justiça e Sociedade, n. 37, Out./Dez. 2006, Editora Almedina.
  • KARAM. Maria Lúcia. Juizados Especiais Criminais: a concretização antecipada do poder de punir. São Paulo: Revista dos Tribunais, 2004.
  • KONZEN, Afonso Armando. Justiça Restaurativa e Ato Infracional: Desvelando Sentidos no Itinerário da Alteridade. Porto Alegre: Livraria do Advogado, 2007.
  • LEITE, André Lamas. A Mediação Penal de Adultos: um novo paradigma de justiça? analise crítica da lei n. 21/2007, de 12 de junho. Coimbra: Editora Coimbra, 2008.
  • MAZZILLI NETO, Ranieri. Os caminhos do Sistema Penal. Rio de Janeiro: Revan, 2007.
  • MOLINA, Antonio García-Pablos de; GOMES, Luiz Fávio. Criminologia. Coord. Rogério Sanches Cunha. 6. ed. rev., atual e ampl. São Paulo: Revista dos Tribunais, 2008.
  • MULLER, Jean Marie. Não-violência na educação. Trad. de Tônia Van Acker. São Paulo: Palas Atenas, 2006.
  • OLIVEIRA, Ana Sofia Schmidt de. A Vítima e o Direito Penal: uma abordagem do movimento vitimológico e de seu impacto no direito penal. São Paulo: Revista dos Tribunais, 1999.
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  • ZEHR, Howard. Justiça Restaurativa. Tradução de Tônia Van Acker. São Paulo: Palas Athena, 2012.
  • ZEHR, Howard. Trocando as lentes: um novo foco sobre o crime e a justiça. Tradução de Tônia Van Acker. São Paulo: Palas Athena, 2008.